La jueza Elena Liberatori decidió suspender el artículo segundo del decreto 20/2008, reglamentario de la ley 2.637 que facilitó, días atrás, la intervención de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA). En ese artículo, Macri había dispuesto el cese de las funciones del Directorio de la ObSBA, que ahora, por vía judicial, vuelve a tener poder para decidir sobre todo lo que hace al manejo de la misma, con excepción de las acciones vinculadas a la desregulación y la reorganización.
Lo que no tocó la jueza -pese a que había sido solicitado en la presentación efectuada este lunes por los gremialistas- fue la ley que facultó al Ejecutivo a nombrar un interventor para que inicie el proceso de desregulación de la ObSBA, y a la Legislatura a conformar una comisión mixta para redactar un proyecto tendiente a reformar la ley 472 (que creó la ObSBA) y reorganizar la obra social. Simplemente, entendió que estas cuestiones no implicaban que el Directorio debiera cesar en las demás funciones que, por la misma ley 472, le correspondían.
Alguna de ellas son: "administrar los bienes de la entidad", "considerar y aprobar el presupuesto anual de gastos y cálculo de recursos, así como los balances generales y las cuentas de inversión como la memoria de cada ejercicio", "establecer condiciones y procedimientos que posibiliten la percepción de los distintos tipos de recursos e ingresos que corresponden a la Obra Social", "aprobar acuerdos, convenios, contrataciones con organismos de la Seguridad Social y del sector público y concesiones que realice la entidad, así como las transacciones judiciales o extrajudiciales", "contraer préstamos", "reglamentar todo lo relativo al régimen laboral y administración de sus recursos humanos", entre otras.
Liberatori resolvió en el día la presentación que a las 9.05 de la mañana habían efectuado Amadeo Genta (secretario general de SUTECBA) y Patricio Datarmini (secretario general adjunto), junto a los abogados del gremio, Horacio Ferro Méndez, Carlos Ángel Galina y Andrés Gil Domínguez. Dispuso una medida precautoria distinta de la solicitada, ya que los sindicalistas habían pedido la inconstitucionalidad del artículo primero de la ley 2.637 y de la totalidad del decreto 20/2008.
Al fundamentar su resolución, la jueza tomó criterios expuestos por el actual procurador general de la Ciudad, Pablo Tonelli, cuando era diputado de la Nación y por la vicejefa de Gobierno, Gabriela Michetti, en una entrevista concedida recientemente a un diario de circulación nacional.
Sintetizando: el fallo de Liberatori no cuestiona lo resuelto por la Legislatura sino por el Poder Ejecutivo; el interventor de la ObSBA tendrá facultades mínimas y el manejo de la obra social quedará en manos del Directorio, encabezado por Patricio Datarmini. Más sintético aún: la plata de la obra social la seguirá manejando SUTECBA.