En un mitín del que participaron el secretario de Descentralización y Participación Ciudadana porteño, Ariel Schifrin, la subsecretaria de Comunicación Social, Verónica Torrás, la legisladora de la Ciudad, Sandra Dosh (Frente Grande) y los miembros de la Red de Medios Barriales, se anuncio que el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra firmó el decreto reglamentario de la ordenanza 52.360 de 1997, que establece, entre otras cosas, que un 4 por ciento del presupuesto que se destina para publicitar la gestión del gobierno, sea otorgado obligatoriamente a los medios barriales.
Pese a que la ordenanza es de 1997, ninguno de los gobiernos que pasaron por el Gobierno de la Ciudad desde entonces, la reglamentaron. Ante la insistencia y organización de la Red de Medios de Comunicación Barriales y de la difusión de esta demora por parte del resto de la prensa, se aceleraró el proceso que culminará con creación del Registro de Medios Barriales.
En el salón Montevideo de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, los funcionarios -que hicieron su parte- sonreían satisfechos, aunque en todo momento los editores porteños se encargaron de remarcar el camino que tuvieron que seguir para que esta odisea llegue a su fin. Schifrin, expresó que no quería influir en el criterio editorial de los medios, pero ironizó sobre la importancia del Presupuesto Participativo.
Además de la pauta publicitaria, la ordenanza jerarquiza la labor periodística de los medios barriales, obligando a las autoridades del área de comunicación porteña, a informarlos de la misma manera en la que lo hace con los multimedios. También establece que deberan acreditar a los periodistas ante las distintas secretarias y organos de gestión de la Ciudad de Buenos Aires.
REGLAMENTACIÓN
Noticias Urbanas accedió en exclusiva al decreto reglamentario de la ordenanza 52.360, donde se establece a la Subsecretaría de Comunicación Social como el área competente para la aplicación y ejecución de los dispuesto por la citada ordenanza.
La Subsecretaría será la encarga de publicar en el Boletín Oficial y en diario de mayor tirada de la Ciudad durante dos días la apertura del Registro de Medios Vecinales de Comunicación, donde deberán inscribirse todos los medios que quieran acceder a los beneficios de esta ordenanza, y que cumplan los requisitos necesarios.
A los fines de su inscripción en el Registro, los medios vecinales gráficos, deberán completar una declaración jurada, adjuntando a la misma los tres últimos ejemplares de sus publicaciones y dos ejemplares de cada año, hasta un máximo de tres años anteriores a la fecha de inscripción.
Por su parte, los productores de ediciones periodísticas en soporte de video, deberán acreditar un mínimo de cuatro producciones anuales editadas con un tiempo de edición final de 30 minutos cada una como mínimo, emitidas por canales de aire o cable con alcance para su recepción en la Ciudad.
Para el caso de producciones independientes locales en soporte digital, se debe acreditar que la información que emitan se refiera principalmente a temas relacionados con la Ciudad. Deben poseer además página web, registro de dominio nic, no resultando excluyente contar con newsletters, pero si una antigüedad como productora independiente de seis meses al momento de su inscripción.