No estaba previsto que este artículo generara problemas, pero el jueves pasado en la Legislatura porteña se produjo un extenso debate en torno a la inclusión de la responsabilidad de la persona de existencia ideal en el nuevo Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, cuya parte general ya fue aprobada en particular.
Este artículo establece que cuando una contravención se comete en ocasión del desarrollo de actividades realizadas en nombre, al amparo o beneficio de una persona de existencia ideal, ésta es pasible de las sanciones que establece este Código cuya aplicación fuere procedente, sin perjuicio de la responsabilidad de los autores materiales.
La diputada Vilma Ripoll, de Izquierda Unida, aseguró que "con este artículo puede penarse a los partidos políticos y las organizaciones sociales. Es otra manera de reprimir la protesta social".
En el mismo sentido, el diputado Ariel Schifrin (Confluencia) pidió que se incluyera en el texto que "las personas de existencia ideal sean con fines de lucro, para que no pueda pasar lo que sostiene Ripoll". "Me extraña -añadió- que aquellos legisladores que dicen compartir la política del Presidente, hayan aceptado la inclusión de este artículo tal como está, porque no se condice con la actitud que ha tenido el Gobierno nacional frente a la protesta social". Fue un claro pase de facturas para el otro bloque kirchnerista, el Frente para la Victoria.
Sin embargo, tanto el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el macrista Helio Rebot, como el presidente de la Comisión de Justicia, Julio De Giovanni, no quisieron hacer modificaciones al texto consensuado porque "la idea es que tanto los clubes de fútbol como las empresas de servicios públicos privatizadas, entre otras, también puedan ser pasibles de sanción".