Los clubes de barrio son entidades que, desde hace años, además de ser refugio para el deporte, juegan un papel importante en la integración social de la comunidad. A pesar de ese rol tan valorado, estos espacios han venido afrontando diversas problemáticas desde hace décadas. Una de ellas es la ausencia de una norma que les permita regularizar la infraestructura de los predios.
Roberto Uriarte es director de la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones Deportivas, dependiente de la Subsecretaría de Deportes de la Ciudad. En diálogo con Noticias Urbanas explica que “las inspecciones y las multas” son dos grandes problemas que sufren estas instituciones. Todo por causa de la inexistencia de una figura legal que las ampare. Así, tienen dificultades de habilitación y, también, en los casos en los que deben ampliar sus instalaciones.
“Son inspeccionados pero no como clubes, sino como cualquier otro comercio, y por eso son multados”, explica Uriarte. “Desde hace 60 o 70 años que se necesitaba una ley que regule a los 300 clubes de la Ciudad”, añade el funcionario.
Ante esta situación, se presentó un proyecto en la Legislatura porteña que tiene como fin incluir estas entidades dentro del Código de Planeamiento Urbano y, de este modo, concederles una normativa con respecto al uso de sus instalaciones adecuada a sus necesidades.
“La idea nace al escuchar la problemática de los clubes”, expresa la diputada porteña Karina Spalla (Pro), autora del proyecto, que ya consiguió despacho favorable de la Comisión de Planeamiento Urbano, que ella preside, y ahora espera ser tratado en la Comisión de Presupuesto para, posteriormente, ser votado en el recinto. Por ser una modificación al Código de Planeamiento Urbano, la norma tendrá que ser aprobada con doble lectura.
De sancionarse el proyecto, los clubes existentes podrán hacer futuras ampliaciones con FOT (Factor de Ocupación Total, índice de ocupación del espacio en una construcción) libre y cumpliendo con el resto de las normas del distrito.
Además, en la actualidad, los clubes tienen como límite para construir los 12 metros de altura. Con este proyecto se busca extenderlo a 15.
“La ley es fundamental porque se instala la figura misma dentro del Código de Planeamiento, para que ellos, los clubes, existan y puedan ser inspeccionadas como tales, y como tales, también, poder presentar planos”, subraya Uriarte.
En ese sentido, el funcionario cuenta que al no existir una figura legal que las contenga, las entidades no son inspeccionadas como clubes y, por ese motivo, reciben multas que muchas veces son difíciles de afrontar debido a que poseen pocos ingresos. “Hay clubes donde la cuota social es muy baja”, agrega Uriarte.
Spalla, a su vez, apunta que “el proyecto tiene como fin que se pueda regularizar la infraestructura. Muchos no pueden tener canchas superpuestas, por ejemplo”.
En tono militante, la diputada afirma que “gracias a todas las políticas de la Ciudad los clubes han resurgido y no pueden dar respuesta a la demanda”. Agrega que “con ellos se potencia la vida social del barrio y es importante para el desarrollo de los chicos”.
Spalla, además, destaca que al proyecto inicial se le ha incluido dos aspectos más en beneficio de estos espacios de encuentro barrial. El primero consiste en eximirlos, dentro de un periodo de un año y medio, del pago de tasas, timbrados y derechos de construcción, trámites que deberán realizar al regularizar el predio.
En segundo lugar, se incluyó un artículo para que “estén exentos de todas las multas que hayan incurrido al no tener figura dentro del Código de Planeamiento Urbano”, explica la diputada.
La iniciativa cuenta con el apoyo inicial de los legisladores Cristian Ritondo y Roberto Quattromano (Pro), Daniel Amoroso (Confianza Pública), Mateo Romeo (Frente para la Victoria), Laura García Tuñón (Buenos Aires para Todos) y Adrián Camps (Proyecto Sur).
Los subsidios
Tanto Spalla como Uriarte coincidieron en que para la elaboración de este proyecto los directivos y socios de los clubes han tenido una participación permanente durante las discusiones dentro de la Comisión. Como consecuencia de ese diálogo, se manifestaron diversas inquietudes que condujeron a la presentación de otras iniciativas con el propósito de beneficiar a los clubes. Una de ellas es la actualización del monto anual que deben percibir las entidades para poder recibir los subsidios del Gobierno.
La Ley 1.807 sostiene que “se entiende por Club de Barrio a las asociaciones civiles sin ánimo de lucro que posean como objeto social la práctica y fomento de actividades deportivas, y cuya facturación anual no exceda el monto de pesos un millón ($1.000.000)”. La idea es subir el límite, en función de la inflación, para lograr una mayor inclusión de los clubes. Así, los clubes de barrio esperan, en los próximos meses, hacer su mejor jugada.
Principales puntos del proyecto
• El Factor de Ocupación del Suelo (FOS) será de acuerdo a la norma de tejido de cada distrito.
• El Factor de Ocupación Total (FOT) de los Clubes Preexistentes será libre. Para los clubes nuevos será de acuerdo a la norma del tejido de cada distrito.
• Altura máxima: 15metros o la que permita las normas del tejido.
• Publicidad: se permite de acuerdo a la Ley 2.936.
• Croquis de consulta: sin consulta previa en el Consejo del Plan Urbano Ambiental (CoPUA).