Mauricio Macri podrá cumplir con su último acto de gestión antes del inicio de la veda para los actos de gobierno y cortar, como tenía previsto, la cinta inaugural de la nueva estación Juan Manuel de Rosas de la Línea B. El acto inaugural- a las 9.45- se encontraba en duda a raíz de un amparo presentado por el legislador porteño y candidato a senador, Alejandro Bodart, quien días atrás concurrió a los tribunales porteños para solicitar el dictado de una medida cautelar que suspenda la apertura de la nueva estación del subte hasta tanto se garanticen condiciones de seguridad para usuarios y trabajadores.
La titular del juzgado Nº 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Cecilia Mólica Lourido, resolvió en la tarde de este jueves, “rechazar la medida cautelar solicitada” por Bodart, pero también “encomendar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que extreme los recaudos de seguridad, adoptando las medidas pertinentes, las cuales deberán ser informadas al juzgado en el plazo de tres (3) días”.
En el fallo al que tuvo acceso Noticias Urbanas, la magistrada sostiene que en la presentación judicial realizada por el legislador del MST “no se han aportado argumentos sólidos, con respaldo probatorio, que permitan afirmar, prima facie, que la decisión de proceder a la inauguración de la estación “Juan Manuel de Rosas” sea ilegítima o irrazonable; ni se ha acreditado la concurrencia simultánea de la verosimilitud en el derecho, el peligro en la demora y no frustración del interés público”.
La jueza porteña además expone que “con los acotados elementos probatorios arrimados en este estado inicial del proceso, resulta imposible avanzar en el examen de las supuestas deficiencias e irregularidades a las que aluden los actores”, y cuestiona la forma en la que fue presentado el amparo al señalar: “Por los términos del escrito de inicio, parecería que los actores, confundiendo el rol del tribunal, pretenden que sea el juez quien recolecte los medios de prueba respecto del estado edilicio de la estación “Juan Manuel de Rosas”, a partir de las irregularidades que dicen detectar -algunas, incluso, expuestas de modo condicional (“habría que verificar también si el sellador poliuretánico que se está empleando (Recsa Seal 164 W) es el indicado para este tipo de situaciones”; fs. 3)”.
Finalmente, la jueza Lourido destaca que “pesa sobre los actores la carga de aportar los elementos necesarios para formar la convicción del juez sobre sus planteos “, y resalta la proximidad temporal entre la acción judicial y la inauguración prevista para este viernes. “No se han expresado las razones que llevaron a los actores a solicitar esta medida restando tan sólo dos días para la fecha de inauguración denunciada, cuando el riesgo eléctrico al que refieren habría sido advertido desde el día 2 de abril del corriente año -conforme dan cuenta en el escrito de inicio (fs. 2)-. Esta circunstancia ha impedido ordenar algún tipo de medida -como por ejemplo, una inspección ocular, pedido de informes, etc.- tendiente a contar con mayores elementos a la hora de resolver”, se señala en los fundamentos de la sentencia.