Finalmente la iniciativa macrista que tenía como fin denunciar penalmente a los deudores porteños se convirtió en ley. La norma faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AGIP) a denunciar penalmente a quienes incurran presuntamente en evasión tributaria y fiscal.
La norma fija que “será reprimido con prisión de dos a seis años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, al fisco provincial o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
No obstante, aclara que ello ocurrirá “siempre que el monto evadido excediere la suma de 4000.000 pesos por cada tributo y por cada ejercicio anual, aun cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un año”.
Entre los fundamentos del proyecto que había presentado el Diputado Martín Ocampo (Pro) se destacaba que “por medio de la Ley N° 26.735 el Estado Nacional determinó las potestades de cada una de las jurisdicciones en la materia Penal Tributaria“.