En una corta sesión, la Legislatura porteña aprobó en primera lectura un proyecto de ley que tiene como fin otorgarle a los clubes de barrio una figura legal para que estas instituciones sean contempladas en el Código de Planeamiento Urbano.
La ley de autoría de la legisladora Karina Spalla (Pro) fue aprobada con 47 votos positivos, 0 negativos y una abstención. El próximo paso será la realización de una audiencia pública para que luego el proyecto vuelva a ser tratado en el recinto y obtener la aprobación en segunda lectura.
La iniciativa contempla la modificación del Código de Planeamiento Urbano para que se incluya a los clubes dentro de la misma y, de este modo, concederles una normativa con respecto al uso de sus instalaciones adecuada a sus necesidades.
Al no existir una figura legal que las contenga, las entidades no son inspeccionadas como clubes y, por ese motivo, reciben multas.
La Ley 1.807 sostiene que “se entiende por Club de Barrio a las asociaciones civiles sin ánimo de lucro que posean como objeto social la práctica y fomento de actividades deportivas, y cuya facturación anual no exceda el monto de pesos un millón ($1.000.000)”.
En los fundamentos se señala “ el fomento y promoción de las actividades de los Clubes de Barrio fortaleciendo su presencia en el ámbito de su comunidad”.