Hay 786 personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Hay 786 personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Desde su creación en el año 2000, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos expidió 27.927 certificados. En su mayoría corresponden a personas que están inscriptas en él. Sin embargo, el número de deudores que figuran en este listado asciende a 786. Para estas personas rigen restricciones de todos los órdenes en el Estado porteño


Desde el 2000, funciona en Buenos Aires el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, cuyo fin es confeccionar un listado de quienes adeuden total o parcialmente la cuota alimentaría de sus hijos o nietos. En esta lista se considera un infractor aquel que no pague tres cuotas alimentarías consecutivas o cinco alternadas, ya sea por alimentos provisorios o definitivos, fijadas u homologadas por sentencia firme.

El mismo funciona en la órbita de la Dirección General de Justicia y Registros porteña. Desde que comenzó a funcionar, se emitieron 27.927 certificados y el número de deudores inscriptos en el Registro asciende a 786.

Los proyecto de ley de los diputado porteños Raúl Puy (PSD) y Maria Lucila Colombo (Bloque Justicialista), y de la ex legisladora, Gabriela González Gass (UCR), fueron la base del despacho de la Comisión de la Mujer de la Legislatura -que fue aprobado por una unanimidad-, que luego fue sancionado en el recinto el 11 de noviembre de 1999. El Poder Ejecutivo reglamentó la ley 269, el 7 de marzo de 2000.

A aquellos deudores cuyo nombre figure en el Registro, las instituciones u organismos públicos de la Ciudad de Buenos Aires no podrán otorgarles habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, como tampoco designarlos como funcionarios. Además, el Banco de la Ciudad no podrá otorgar o renovar créditos, cuentas corrientes ni emitir tarjetas de crédito sin pedir el certificado en el Registro y en el caso de que el peticionante estuviera anotado, la entidad deberá retener el importe de los alimentos adeudados. También las licencias de conducir y sus renovaciones son alcanzadas por esta ley.

Del mismo modo, los proveedores de todos los organismos porteños deben adjuntar a sus antecedentes una certificación expedida por el Registro que acredite que no figura en el mismo. Esta obligación alcanza también a los postulantes a cargos electivos y a los que quieran desempeñarse como magistrados o funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Estas medidas pretenden solucionar un problema social grave, el de aquellos que a pesar de estar obligados por una sentencia judicial desatienden las necesidades elementales de sus propios hijos. La inscripción en el Registro tiene como objetivo principal resguardar, de manera especial, el derecho alimentario de los niños y adolescentes menores e incapaces, en procura de cumplir una obligación moral y legal, cuya procedencia ha sido reconocida judicialmente.

El Registro, el primero de su tipo en nuestro país, es de carácter público pero su información es reservada. Para conocer el estado de morosidad de una persona debe completarse una solicitud y en el plazo máximo de 48 horas se extiende un certificado donde consta la situación de la persona por la cual se realizó la consulta.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos funciona en la Dirección de Justicia y Registros del Gobierno de la Ciudad, cuyo titular es el doctor Gastón Aín. Las oficinas donde funciona están ubicadas en Lavalle 1429, en el piso 10°. El horario de atención es de 9 a 19. También la gente puede contactarse a través de su correo electrónico: morosos_alim@buenosaires.gov.ar

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