Publicado: 02/07/2026 UTC Nación Por: Miranda Scian

La Procuración pide quitar pensión vitalicia a CFK

El dictamen se apoya en la condena por Vialidad.
La Procuración pide quitar pensión vitalicia a CFK
Miranda Scian
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El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema debe dejar sin efecto el fallo que habilitó a Cristina Kirchner a volver a cobrar provisoriamente la pensión vitalicia que recibe como viuda de Néstor Kirchner. En un escrito de 13 páginas, consideró que la resolución de la Cámara Federal de la Seguridad Social presenta una contradicción jurídica “insalvable” al no ponderar la condena firme por corrupción en la causa Vialidad.

Casal sostuvo que el caso reúne los requisitos para la apertura del recurso extraordinario federal en materia de medidas cautelares, al entender que existe una cuestión federal suficiente que habilita la intervención del máximo tribunal. En ese sentido, señaló que la sentencia cuestionada muestra una “autocontradicción evidente” y que eso la descalifica como acto jurisdiccional válido.

“Advierto, en sentido coincidente con lo expuesto en su recurso por el señor Fiscal General, que la sentencia recurrida encierra un insalvable antagonismo en su razonamiento, que impide sostenerla como acto judicial válido”, expresó el procurador. Según su análisis, la Cámara reconoció que el juez de ejecución penal es el único competente para evaluar la correcta aplicación de la condena y, al mismo tiempo, ordenó que Cristina Kirchner continúe percibiendo el beneficio.



El jefe de los fiscales también cuestionó que el tribunal no haya fundamentado por qué dejó de aplicar el artículo 19, inciso 4, del Código Penal. Esa norma establece que las condenas de prisión superiores a tres años llevan aparejada la inhabilitación absoluta y, con ella, la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar.

Para Casal, la Cámara omitió ese punto central al resolver la cautelar y avanzó sobre una materia que corresponde al juez de ejecución penal. En su visión, el razonamiento del tribunal desconoce facultades exclusivas del magistrado encargado de ejecutar la sentencia, aun cuando en el fallo se intentó dejar a salvo esa competencia.

Con este dictamen, el procurador general respaldó el recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal y se pronunció a favor de que la Corte revoque la medida cautelar que restituyó el cobro de la pensión. Ahora será el máximo tribunal el que decida si mantiene el beneficio de forma provisoria o si hace lugar al planteo de la Procuración y lo deja sin efecto.

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