Declararon la emergencia edilicia del barrio Piedrabuena

Declararon la emergencia edilicia del barrio Piedrabuena

La Legislatura porteña declaró por 365 días la emergencia edilicia del complejo habitacional Luis Piedrabuena. En 1987 se efectuó una presentación por vicios ocultos descubiertos, los cuáles se han visto agravados por el paso del tiempo. A raíz de la sanción de la norma, una Comisión Técnica propondrá en un plazo de 60 días las medidas necesarias para la solución de las fallas estructurales que presenta el barrio, que deberán ser llevadas a cabo por el Poder Ejecutivo


Este jueves la Legislatura porteña aprobó un proyecto de las diputadas Sandra Dosch y Laura Moresi (Frente Grande) por el cual se declara por 365 días la emergencia edilicia del complejo habitacional Luis Piedrabuena. Este barrio presenta, desde 1981, una serie de vicios ocultos, los cuáles se han visto agravados por el paso del tiempo.

Dosch explicó que "la gravedad de las fallas constructivas que vienen afectando a estas viviendas y que de no ser subsanados a la brevedad, pueden caer en un estado de deterioro tal que se tornen inhabitables, es una situación que debemos procurar evitar con la unión de los esfuerzos de todos los actores que deben intervenir".

La norma establece que el Poder Ejecutivo debe constituir dentro de los 30 días corridos desde su promulgación una Comisión Técnica y de Seguimiento destinada a formular una propuesta para la solución de las fallas estructurales, vicios de construcción, mejoras en infraestructura y saneamiento ambiental del Complejo. La misma estará formada por nueve vecinos del barrio reconocidos por el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), uno por cada sector; dos funcionarios designados por el IVC; y los diputados que integran la Comisión de Vivienda de la Legislatura.

La Comisión deberá emitir su propuesta en un plazo no mayor a 60 días desde su constitución. En este período el Gobierno de la Ciudad deberá implementar políticas destinadas a informar los alcances y contenidos de la ley a la totalidad de los adjudicatarios de inmuebles del complejo.

La ley también fija que el Poder Ejecutivo debe abstenerse de iniciar cualquier clase de acción legal a favor del IVC contra los titulares, adjudicatarios o quienes legalmente los sustituyan en las unidades habitacionales sitas en el complejo por deudas referidas al precio de venta de las unidades y no puede intimar a escriturar a los adjudicatarios desde la promulgación de la norma y hasta tanto no se expida la Comisión Técnica.

La propuesta elaborada por la Comisión debe comenzar a ser implementada en un plazo no mayor a los 30 días de su aprobación por el Poder Ejecutivo.

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