Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu, que murió en París el 10 de febrero de 1755, fue el filósofo político francés que planteó la división del Estado en tres poderes para garantizar la libertad.
Así, el Poder Ejecutivo maneja las herramientas del gobierno, toma decisiones y busca laudar entre los distintos sectores sociales para elaborar los consensos necesarios para el reinado de la paz social. El Poder Judicial, por su parte, es el estamento de los jueces de todas las instancias, que dictan sentencia para que las normas que sanciona el Poder Legislativo se cumplan en todos los niveles de la democracia, y castigan a quienes las vulneran. Y, por último, está justamente el Poder Legislativo, el que, en representación del pueblo, sanciona las leyes que todos deben cumplir, incluyendo a los todopoderosos miembros de los otros dos poderes.
Existen, por consecuencia, instituciones que asesoran a los miembros del Poder Ejecutivo, que interpretan para ellos los alcances de las normas que dicta el Poder Legislativo, y les aconsejan a aquellos sobre los caminos a tomar para que los gobernantes no se equivoquen al laudar sobre la legalidad de los actos de los ciudadanos y de sí mismos.
Por caso, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires cuenta con una Dirección General de Interpretación Urbanística, cuyo titular es Ramón Antonio Ledesma, que, entre otros temas, debe ?analizar y aplicar las propuestas normativas producidas por la Legislatura de la Ciudad, a fin de actualizar el Plan Urbano Ambiental?.
También, casualmente, cae dentro de las funciones de esta importante repartición la ?interpretación del Código de Planeamiento Urbano ante consultas por parte de recurrentes privados o de otros ámbitos de la administración?.
Ejerciendo sus funciones, el señor Ledesma firmó el 14 de marzo último la Disposición Nº 389/DGIUR/12, por la cual dio vista al ?Expediente Nº 182.877/2012, en el que se solicita el visado del Plano de Demolición Total y Obra Nueva? para una vivienda unifamiliar en la calle Bauness 1663/67.
En el considerando, la disposición destacaba ?que el inmueble en cuestión está emplazado en el polígono propuesto para el Distrito APH 43, Parque Chas, el cual cuenta con Decreto Nº 486/09 del 1/6/09 y fue publicado en el Boletín Oficial Nº 3.190 del 8/6/09; se encuentra afectado asimismo por el Distrito R1bl y no está catalogado?.
Además de omitir la correcta mención del nombre de la calle en la que está sito el inmueble, que en la disposición fue rebautizada como ?Baumes?, en lugar de su nombre real, Bauness, el mencionado señor Ledesma omitió también acogerse a la normativa vigente.
Resulta que, para desgracia del funcionario, el día 1 de diciembre de 2011, la inoportuna ?para él? Legislatura porteña sancionó la Ley Nº 4.068, que luego fue promulgada de hecho el 13 de enero del corriente año, al ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Bocba) Nº 3853, correspondiente a esa fecha.
Incluso, en el texto de la Ley 4.068 figura que el Anexo I de la ley fue publicado en la Separata del mismo Boletín en el que fue publicada la norma que desconocía el susodicho señor Ledesma.
Para empezar, quien se tome el trabajo de leer la ley ignorada por el funcionario encontrará que en el artículo segundo se desafectó del distrito de zonificación R1bIl ?al polígono delimitado por los ejes de las avenidas Triunvirato y De los Incas y de las calles La Pampa y Andonaegui y aféctase dicho polígono al distrito de zonificación U (Nº a designar) Parque Chas, del Código de Planeamiento Urbano?.
Casualmente, la calle Bauness al 1600 está ubicada dentro del polígono mencionado, por lo que es posible hesitar acerca de la capacidad de ubicación geográfica de las obras que posee el funcionario.
Noticias Urbanas en el pasado puso en blanco sobre negro determinadas resoluciones de otros funcionarios del Ministerio de Desarrollo Urbano, que fueron tan elásticos en la interpretación de las normas que debían hacer cumplir que entraron de lleno en la ilegalidad, reemplazando en sus funciones a la Legislatura u otorgando permisos de explotación en distritos en los que está prohibida determinada actividad.
Esta vez el cronista tiene la convicción de que no hubo una interpretación dudosa de una norma para favorecer a determinados constructores, sino que solo hubo ignorancia, lo cual no es menos grave, pero agrega otro condimento peligroso a un cóctel de por sí explosivo.