Proponen "escrachar" a los violadores en un registro

Proponen "escrachar" a los violadores en un registro

El diputado porteño Helio Rebot presentó este martes en la Legislatura un proyecto para crear un registro de violadores. Habló de su proyecto de Código de Procesal Penal, que contempla el juicio por jurados y que fue adelantado en exclusiva por NOTICIAS URBANAS. También habló de la creación de un Código Procesal Contravencional para Menores


La iniciativa es tan simple como polémica: que las personas condenadas por violación y radicadas en la Ciudad de Buenos Aires tengan la obligación de dar a conocer sus datos a través un registro que se publicaría por Internet, y que sería de acceso libre para todos.

Esta idea, basada en la Ley Megan que se aplica en Estados Unidos desde 1996, es la base de un proyecto que el diputado porteño Helio Rebot (Compromiso para el Cambio) presentó este martes en la Legislatura.

"Hay estadísticas que muestran que el 75 por ciento de los violadores reinciden en algún momento de su vida. Se trata de un delito que tiene causas patológicas casi insalvables y que trae como consecuencia nuevas violaciones, muchas veces seguidas de muerte, porque el violador reincidente trata de tapar lo que hizo con el asesinato de su víctima", señaló Rebot en una conferencia de prensa que brindó este martes por la tarde en la sala de periodistas de la Legislatura.

El diputado reconoció que su proyecto se contrapone con el derecho del violador que cumplió su condena a mantener su privacidad para facilitar su reinserción social. "Pero teniendo en cuenta la altísima tasa de reincidencia, entre ese derecho individual y el derecho colectivo a estar informado para garantizar la seguridad pública, prima el segundo sobre el primero", argumentó Rebot.

El proyecto del diputado, que preside la Comisión de Asuntos Constitucionales en la Legislatura, contempla penas de multas y arrestos de hasta 30 días para los violadores que se nieguen a aportar estos datos: nombre, apellido y alias; fecha de nacimiento; tipo y número de documento; domicilio actualizado; género, estatura, peso, color de ojos, ADN y demás características físicas relevantes; foto y huellas dactilares, descripción del delito, fecha de comisión y contenido sumario de la sentencia pronunciada.

JUICIO POR JURADOS

Otra de las propuestas que Rebot dio a conocer fue su proyecto de Código Procesal Penal para el juzgamiento de los delitos que se vayan transfiriendo a la órbita porteña.

Esta iniciativa, adelantada en exclusiva por NOTICIAS URBANAS en su edición del 15 de octubre, contempla el juicio por jurados y darle mayor poder a los fiscales para que sean éstos los que realicen la investigación (sistema acusatorio puro), mientras que el juez sólo impondría la pena. También plantea que el Estado indemnice a los que, siendo inocentes, hayan sido condenados, y que los juicios se concluyan en el plazo máximo de un año.

La idea es que el juicio por jurado se vaya implementando paulatinamente, hasta que en 2008 abarque la totalidad de los casos comprendidos en el Código. "Debemos empezar por los delitos que cometan las personas que ejerzan cargos públicos", aclaró Rebot.

El jurado estaría compuesto por siete miembros. Los requisitos para integrarlo serían: ser argentino radicado en la Ciudad, tener 25 años como mínimo y no más de 70, poseer secundario completo, domicilio conocido y una profesión u oficio, aunque se esté temporalmente desocupado. No podrían integrar el jurado los funcionarios o empleados públicos, los eclesiásticos de cualquier culto, los que tengan cargos partidarios, los condenados penalmente, ni las personas cuya profesión esté vinculada a la justicia, como abogados, procuradores o escribanos.

Para la elección de los miembros del jurado, la iniciativa plantea que la creación de un padrón para que, de allí, sean seleccionadas por sorteo 21 personas. Luego, el fiscal y el defensor tendrían cinco días hábiles para recusar sin causa, cada uno, a un máximo de siete candidatos. Para recusar con causa no se fija límite. Según el proyecto, en el jurado tienen que quedar diez miembros (siete titulares y tres suplentes). Si después de las recusaciones quedan más de diez, se vuelve a hacer un sorteo para establecer quiénes integrarán el jurado; si quedan menos, se vuelve también a sortear del padrón un número equivalente al doble de los que miembros que faltan para cubrir las vacantes. Éstos también pueden ser recusados, con el procedimiento anteriormente mencionado.

Además del proyecto de Rebot, hay en la Legislatura porteña otra iniciativa que promueve el juicio por jurados, cuyo autor es el kirchnerista Ariel Schifrin. Se trata de un Código Procesal mixto, ya que, además de incluir el juzgamiento de delitos, abarca las contravenciones, aunque para estas últimas no contempla la realización de juicio por jurado.

En la misma tónica de código mixto (Procesal Penal y Contravencional) hay un proyecto presentado por el Gobierno de la Ciudad, pero sin la opción del juicio por jurado. Tampoco incluye esta posibilidad otro proyecto de Código Procesal Penal, que fue presentado por el diputado macrista Jorge Enríquez.

MENORES IMPUTABLES

El tercero de los proyectos a los que Rebot se refirió es un Código Procesal Contravencional Juvenil, para infractores de entre 16 y 18 años. Según Rebot, "se promueve un procedimiento de juicio especial con mayores garantías, y condenas que tengan que ver con la socio integración". Para que este proyecto pueda aplicarse, además de ser aprobado, tendrá que ser modificada la edad de imputabilidad para las contravenciones, ya que, después de muchas y acaloradas discusiones, los diputados decidieron dejar el mínimo en 18 años cuando sancionaron el nuevo Código Contravencional.

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