Piden unidad de criterio por matrimonio gay

Piden unidad de criterio por matrimonio gay

La diferencia de criterios entre los fiscales de primera instancia en lo Contencioso y la fiscal de Cámara Daniela Ugolini, en las causas sobre matrimonio homosexual generó un pedido expreso de la fiscal Mariana Pucciarello al Fiscal General Germán Garavano para que alinee a su tropa.


En la Justicia porteña se iniciaron más de 20 causas solicitando la declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de Código Civil y la consecuente autorización legal para que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio. Si bien hasta el momento varios jueces de la Ciudad en lo Contencioso Administrativo y Tributario han concedido medidas cautelares sobre la materia, ordenando al Registro Civil porteño que celebre los casamientos, entre los fiscales no ha habido la misma unidad de criterios.

Preocupada por la falta de uniformidad en las actuaciones de los integrantes del Ministerio Público Fiscal, la titular de la Fiscalía Nº 1 en lo CAyT, Mariana Pucciarello, remitió un oficio al Fiscal General de la Ciudad, Germán Garavano, solicitándole que haga uso de sus facultades e intervenga para establecer un criterio de actuación sobre la posición que los fiscales deben tomar ante los planteos de inconstitucionalidad.

?Motiva el presente la disparidad de criterios existentes en el seno de esta institución, uno de cuyos principios rectores es el de unidad de actuación -sin perjuicio de la facultad de dejar a salvo opiniones personales-?, expresa el oficio al que tuvo acceso NU.

Tras mencionar los dos temas por los cuales los fiscales deben dictaminar (la competencia del fuero y el planteo de inconstitucionalidad e los artículos 172 y 188 del Código Civil), la Fiscal de Primera Instancia señala que en el caso de la competencia, el dictamen de la Fiscalía de Cámara acepta la materia ?con fundamento en que se trata de la revisión de un acto administrativo local?, mientras que el Juzgado Nº7 consideró que la competencia recae en el fuero Civil.

El punto más turbio es la inconstitucionalidad de los dos artículos del Código, ya que si bien ?la Fiscal de Cámara, Daniela Ugolini, sostuvo en los fundamentos de su dictamen que la citada normativa civil es constitucional [?] desistió del recurso de apelación presentado por esta Fiscalía ?en estricta observancia de la Resolución FG Nro. 22/05- contra la sentencia del Juzgado Nro. 13 que la declaró inconstitucional?.

?Si se deriva un criterio de actuación de los fundamentos del dictamen, correspondería sostener que las demandas relativas a matrimonios homosexuales deben ser rechazadas mientras que si el criterio es derivado del efecto del desistimiento (calidad de cosa juzgada de la sentencia del Juzgado Nro. 13), debería propiciarse que las demandas deben ser admitidas?, expresa el oficio.

Y agrega: ?La novedosa forma de interpretar la facultad de desistir de los recursos del inferior (art. 33 inc.1, ley 1.903) que se ha hecho en este caso, difiere de la que se venía haciendo desde la puesta en marcha de este fuero hace casi 10 años. Por otra parte, no reconoce antecedentes en la práctica judicial argentina. En efecto, no fue posible hallar ningún antecedente en el que un Fiscal de Cámara considere ?desierto? un recurso del inferior. Tampoco se halló ningún otro que consienta una sentencia cuyo resultado no se comparte?.

Finalmente, y tras remarcar la ?trascendencia? del tema, ?la inédita interpretación jurídica? y el ?principio de transparencia?, la fiscal Pucciarello pidió la intervención de Garavano para que alinea a su tropa.

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