Ahora Enríquez dice que sólo quiere juzgar el "acecho", pero lo quiere ya

Ahora Enríquez dice que sólo quiere juzgar el "acecho", pero lo quiere ya

El legislador Jorge Enríquez salió este jueves a defender su iniciativa de reforma del Código Contravencional porteño, muy criticada por estos días. Dijo que él pretende que se juzgue la figura de "acecho", y no tanto la de "merodeo". Informó que además de proponer sanciones para quienes ofrecen sexo, reclama que se penalice a los clientes. Enríquez también defendió las detenciones preventivas, las que su colega Beatriz Baltroc había dicho que son inconstitucionales


Debido a que días atrás la legisladora porteña Beatriz Baltroc (Autonomía Popular) había criticado duramente su proyecto de reforma del Código Contravencional, Jorge Enríquez (Compromiso para el Cambio) subió la apuesta: defendió su iniciativa y criticó al oficialismo por retrasar el debate en el recinto.

"La incorporación de una figura como la del ‘acecho’ es imprescindible y la propuesta ya está discutida; sólo falta que el bloque oficialista nos permita sesionar", afirmó Enríquez. El ex vicepresidente primero del parlamento porteño dice que es esta última figura la que le interesa juzgar, en desmedro de la del "merodeo", y para ello señala que en su proyecto figura que para que se produzca una detención debe existir la denuncia de un particular.

"’Acecho’ es la figura que sanciona con hasta 20 días de arresto a quienes se hallaren vigilando a personas o lugares sin causa, en forma susceptible de causar alarma o inquietud a quienes estuvieren en lugares tales como transportes, bancos, cajero automáticos, lugares públicos, autos estacionados", explicó el legislador.

Por otra parte, Enríquez defendió las detenciones preventivas y dijo que no es cierto que sean anticonstitucionales, como señaló Baltroc. "En ningún caso se puede hacer una detención preventiva, a menos que esté en flagrante contravención", indicó el legislador que dice la Carta Magna de la Ciudad, pero el texto constitucional indica: "En materia contravencional no rige la detención preventiva. En caso de hecho que produzca daño o peligro que hiciere necesaria la aprehensión, la persona debe ser conducida directa e inmediatamente ante el juez competente".

"En el artículo 58 del proyecto del diputado Enríquez, es altamente llamativo y expresión de una doble moral, al haber excluido de la sanción al que demande sexo", había dicho Baltroc. El legislador de Compromiso para el Cambio le respondió: "Debe haber leído un borrador de mi proyecto, porque en el que presenté también se juzga a los clientes. Cuando fui funcionario había propuesto algo similar".

"A los tres meses de establecida la (anterior) Legislatura se bajó el nivel de las seguridad de los porteños; se facilitó la oferta de sexo en la vía pública, se dio facilidades a los delincuentes y se limitó el accionar de la policía. Su necesaria reforma lleva ya seis años de discusión", se quejó Enríquez.

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