El diputado porteño Jorge Enríquez presentó este viernes un proyecto de ley para crear un registro genético con el ADN de todas aquellas personas condenadas por delitos sexuales, durante los quince años posteriores a la primera condena, y de por vida, en caso de reincidencia.
"La determinación del mapa genético para establecer la identidad de una persona tiene un nivel de confiabilidad del 99,9% y es utilizado en los países de la Unión Europea y en el FBI, la Policía Federal norteamericana. No hay dos códigos genéticos iguales. En el Siglo XXI el ADN será el DNI de las personas. Debemos actualizar nuestras leyes y tomar decisiones inteligentes para finalizar con la ola de inseguridad que desde hace un tiempo ha llegado a los porteños", sostuvo Enríquez.
La huella genética puede sacarse de un rastro de sangre, cabello, semen o piel, y sirve para identificar a una persona. Cualquier evidencia de este tipo dejada en la escena de una violación por ejemplo, serviría para consultar el registro, identificando casi sin margen de error, al culpable. Sin embargo, según la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema de Justicia una muestra de sangre no puede sacarse por la fuerza, por lo que en definitiva el análisis genético termina dependiendo de la voluntad de la persona posiblemente sospechosa. La iniciativa invita al condenado a someterse a un análisis de ADN.
"El proyecto que he presentado crea un registro genético de carácter civil y secreto, para ser consultado únicamente por los jueces que investiguen nuevos hechos", explicó Enríquez. Pero si el condenado se niega a someterse al análisis, la iniciativa prevé sanciones de carácter civil, dirigidas fundamentalmente a prevenir a la ciudadanía en la jurisdicción porteña, advirtiéndole la presencia de un violador en el barrio. En EEUU, donde se crearon los primeros registros de este tipo, el fundamento fue advertir a las autoridades civiles en especial, y a la ciudadanía en general, de la llegada de un vecino condenado por delitos de índole sexual.
"En Alaska, el registro fue previsto para ser aplicado retroactivamente, por lo que fue impugnado judicialmente, con invocación del principio de irretroactividad de las leyes penales. Lo propio cabe considerar en el presente proyecto. Se trata de una legislación destinada a ser recogida, reservada y, eventualmente informada, por las autoridades civiles, con sanciones civiles, orientadas a cumplir un mandato constitucional local, como lo es la seguridad ciudadana", señaló el diputado.
Para finalizar, Enríquez comentó: "La ley regula racionalmente con un propósito legítimo y no punitivo, la seguridad pública, alertando en última instancia a la ciudadanía del riesgo de los ofensores sexuales en su comunidad que no han aceptado someterse al análisis de ADN para incluirse en el registro genético".