Fue declarado inconstitucional por la jueza en los Contencioso Administrativo y Tributaria Nº12, Alejandra Petrella, el último concurso cerrado hecho por la Legislatura para nombrar en planta permanente a 260 empleados que hasta ese entonces revestían en la planta institucional.
La decisión judicial deberá ser analizada por la Cámara y muy probablemente por el Tribunal Superior de Justicia. "Va a ser largo el camino que tenga que hacer este fallo, que a nosotros no nos preocupa porque la modalidad usada es la misma que se usó en numerosos concursos hechos en la administración pública porteña, incluso en la justicia", manifestó una fuente ligada a las autoridades de la Legislatura. Respecto a este planteo, Petrella señaló: "Los jueces resolvemos casos particulares".
Tras un acuerdo del ex vicepresidente de la Legislatura Cristian Caram (UCR) con el resto de los bloques mayoritarios y con tres sindicatos para regularizar la situación de empleados que, se decía, ejercían funciones institucionales, pero no estaban en planta permanente sino en una denominada institucional, que no existía como tal, ya que revistaban como empleados de planta transitoria. La planta transitoria está conformada por empleados nombrados por los diputados, que deben dejar su cargo cuando caduca el del legislador que los nombró. Sin embargo, los denominados "institucionales" habían permanecido en la Legislatura más allá de los mandatos porque realizaban funciones operativas fundamentales para el funcionamiento de la Legislatura.
Con la llegada de las nuevas autoridades, y luego de que los empleados en cuestión tomaran la Legislatura, se decidió hacer un concurso interno cerrado entre esas 300 personas para que 260 pasen a planta permanente. La modalidad adoptada fue aprobada a fines de abril por 43 legisladores.
"La Carta Magna porteña es clara: el acceso y promoción a los cargos públicos es por concurso abierto", recalcó la jueza en su fallo. "Si bien resulta comprensible que se pretenda mediante la consolidación y profesionalización de la planta institucional, la producción del mayor beneficio entre el personal que por su naturaleza resulte necesario mantener, dicha circunstancia no puede serlo a costa de la violación de un claro mandato constitucional", agregó Petrella.