ONGs piden que Macri promulgue la ley

ONGs piden que Macri promulgue la ley

ADC, AMNISTÍA Internacional Argentina, CDD, CEDES, CELS, CLADEM, ELA, FEIM, FOCO, FORO, INSGENAR manifestaron su rechazo al eventual veto del Jefe de Gobierno a la ley de aborto no punible, sancionada por la legislatura luego de un amplio debate democrático.


A través de un comunicado, organizaciones defensoras de los derechos humanos exhortaron al Jefe de Gobierno de la Ciudad, Mauricio Macri, a promulgar la ley aprobada por la Legislatura para la atención de los abortos no punibles en la Ciudad de Buenos Aires que se condice con el fallo de la Corte Suprema y que tiene por objetivo asegurar la accesibilidad a los casos de abortos ya contemplados por la ley nacional vigente.

"El veto de esta ley encaminaría a la Ciudad a enfrentar las responsabilidades que se indican en la sentencia de la Corte Suprema y supondría una violación a los compromisos que el Estado de esta jurisdicción tiene hacia las mujeres en materia de derechos y políticas públicas", argumentan organizaciones como ADC, AMNISTÍA Internacional Argentina, CDD, CEDES, CELS, CLADEM, ELA, FEIM, FOCO, FORO, INSGENAR, entre otras.

"La ley de la Ciudad revierte el protocolo ministerial y remueve varios de sus obstáculos para el acceso a esta práctica de salud", dicen.

Y rescatan como aciertos:

– reconoce la autonomía de las adolescentes para brindar el consentimiento informado, respetando lo establecido en la Convención de Derechos del Niño, la ley 26.061, y la normativa sanitaria de la Ciudad de Buenos Aires (Ley Básica de Salud y Ley de Salud Sexual y Reproductiva);

– no requiere la intervención compulsiva de comités interdisciplinarios , tratando al aborto permitido por el Código Penal como al resto de los procedimientos médicos;

– no exige la refrenda del Director/a del Hospital para que se lleve adelante la práctica, de modo de entender al aborto no punible como cualquier otro procedimiento médico legal;

– concibe la protección de la salud de la mujer de forma integral , tal y como lo entiende el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Organización Mundial de la Salud, y en consonancia con la interpretación del concepto de salud aplicado por los tribunales de justicia en la jurisprudencia.

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