La sucursal 52 del Banco Ciudad se convirtió hoy en la primera institución dependiente del gobierno porteño en garantizar la aplicación de la ley 632, que autoriza el aditamento "Ley Nº 24.321 – Ausencia por Desaparición Forzada de Personas". Los casos en los que se aplicará deberán comprobarse el vínculo familiar con una persona declarada ausente por desaparición forzada, según se indica en los términos de dicha ley.
La nueva norma, obliga a incluir el ítem "Ausencia por Desaparición Forzada de Personas" en el casillero correspondiente al estado civil de las solicitudes que se presenten. Es que en los sistemas informáticos y administrativos no estaban adaptados para incorporar esa condición al ítem de "estado civil".
La ley 632 fue promulgada el 6 de septiembre de 2001 y permite dicho aditamento "para hacer constar en cualquier solicitud, formulario o documentación pedida o expedida por Organismos Oficiales de la Ciudad". Hasta la aprobación de la norma, los familiares debían presentar una batería de documentos (cédulas, partidas de nacimiento, documentos, etc) que certifiquen la vinculación con un desaparecido.
Un trámite iniciado en la sucursal bancaria por Graciela Lois -esposa de un desaparecido- obligó al Banco Ciudad a incorporar que en sus sitemas figure el estado civil "Ley Nº 24.321 – Ausencia por Desaparición Forzada de Personas". Lois debió presentar la publicación del Boletín Oficial conjuntamente con el proyecto de ley de la diputada Alicia Pierini (FreJu) para que la entidad accediera al reconocimiento de la estado civil.