Crudeza en la sanción a Mac Donald’s: lo cocinaron con 400.000 pesos de multa

Crudeza en la sanción a Mac Donald’s: lo cocinaron con 400.000 pesos de multa

Después de un año de idas y vueltas, con recambio de funcionarios incluído, la Unidad Administrativa de Control de Faltas, cuyo titular es Ezio Emiliozzi, emitió una resolución a través del controlador Horacio Méndez Carreras, que castiga a la empresa con ocho multas de 50.000 pesos cada una. La empresa en un escrito mayoritariamente en inglés y sin traducir, había alegado que la "carne cruda en ese estado no constituye alimento". El prestigio de la cadena y la cantidad de público que la frecuenta, constituyeron una de las bases que cimentaron la extrema dureza de la pena. Este viernes la empresa apelaría la resolución


La nulidad del proceso administrativo que articuló la empresa Mac Donald’s -de aquí en más Arcos Dorados S.A.- fue desestimada por el controlador Horacio Méndez Carreras, argumentando que "no cualquier defecto de procedimiento trae aparejada la nulidad de lo actuado, puesto que las nulidades son específicas y así lo dispone el código de procedimiento penal de aplicación supletoria en este Fuero".

En una parte del escrito, la presentante de marrras manifiestó que los medallones de pollo y carne crudas -en ese estado- no constituyen alimento en los términos del Artículo 6.2 del Código Alimentario Argentino, y que por lo tanto no se encuentra acreditada la existencia de "alimento contaminado" debido a que estos no estaban destinados a ser consumidos por el hombre sin someterlos a cocción. Dijeron también que la sustancia contaminante, la escherichia coli, puede aparecer en la carne cruda pero con el proceso de cocción "se evita la contaminación del alimento".

La UACF entiende que el Código Alimentario Nacional en su artículo 253 es claro cuando dice que "queda prohibido el expendio o la utilización en preparados detinados al consumo de carnes de animales enfermos, las carnes contaminadas por microorganismos, insectos o sus larvas…las carnes que se encuentran en estas condiciones serán decomisadas en el acto". Continúa diciendo Méndez Carreras que, el análisis armónico del articulado concluye que las hamburguesas de carne cruda existentes en los locales de la denunciada, constituyen "alimento" de acuerdo al Código Alimentario Nacional.

Los estudios realizados en el Instituto Malbrán sobre muestras de carne cruda (Mc Pollo, pollo y hamburguesas de pollo), arrojaron la presencia de E. Coli 0157, lo que constituye a todas luces "alimento contaminado". Luego la segunda prueba arrojó los mismos resultados, lo que impulsó a la firma "Arcos Dorados S.A. a desistir de realizar el análisis sobre la fraccción triplicada que queda en poder de la empresa. Ésta realizó por su exclusiva cuenta el análisis de la contra muestra que poseían pero, según Méndez Carreras, ésta carece de relevancia por no haberse seguido el procedimiento que la ley indica para ello.

La valoración de la pena a imponer se basó en los siguientes parámetros:

a) El prestigio de la cadena comercializadora, lo cual está vinculado al éxito comercial de sus productos y a la cantidad de clientes que frecuentan sus locales. Haber hallado en cinco de ellos en ubicaciones geográficas diferentes, habla a las clara de la propagación del riesgo. También aquí se hace referencia a la peligrosidad de la bacteria encontrada.

b) Se le imputa la importante difusión de sus controles de calidad y frescura de los alimentos, lo que aumenta la confianza del público en el consumo de los productos. Quedó comprobado que los controles de calidad no resultaron eficientes.

c) Que el bien jurídico tutelado es nada menos que la salud y la vida humana, en el caso, de nuestro país y nuestra Ciudad.

Dos amparos habían sido interpuestos por Arcos Dorados S.A. ante el juzgado 12 en lo Contencioso y Administrativo y Tributario, a cargo de la jueza Alejandra Petrella -la misma que este jueves autorizó la entrada a la Legislatura de los trabajadores del subte- y ambos fueron denegados por la magistrada. Trascendió que la empresa realizaría hoy el descargo ya que, de no hacerlo, la resolución quedaría firme y deberán abonar sin mas peros, las ocho multas de 50.000 pesos cada una. Esta vez, al contrario de sus antecesores, Ezio Emiliozzi, llevó a buen puerto una causa emblemática en la dependencia de Faltas de la Ciudad.

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