Proponen eximir a los discapacitados del pago del ABL

Proponen eximir a los discapacitados del pago del ABL

La diputada porteña Sandra Dosch (FG) presentó un proyecto para que las personas con necesidades, que así lo soliciten y que reúnan los requisitos necesarios, estén exentas del pago de las contribuciones de ABL, Territorial, Pavimentos y Aceras. Esta iniciativa complementaría las exenciones fijadas en el Código Fiscal vigente en la Ciudad de Buenos Aires, que establece que las personas con capacidades especiales se encuentran exentas del pago de todo tributo originado por el desarrollo de actividades mediante permisos precarios y de la contribución por patentes de vehículos. Antonio Cóppola del Frente de Discapacitados respaldó la medida calificándola de "progresista".


En el Código Fiscal vigente se establecen algunas exenciones para las personas con discapacidad. Se las exime del pago de todo tributo originado por el desarrollo de actividades mediante permisos precarios y de la contribución por patentes de vehículos. Sin embargo, no contempla a aquellas personas con necesidades especiales que cuentan con un único inmueble destinado a vivienda propia. Por tal motivo la diputada Sandra Dosch (FG) presentó un proyecto para extenderles la excención al pago de las contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), Territorial, Pavimentos y Aceras.

Entre los requisitos necesarios para pedir la eximición figuran la acreditación de su discapacidad mediante certificado nacional expedido según lo determinado por Ley Nº 22.431 o emitido por el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca; ser propietarios, condóminos, usufructuarios o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia; no ser titulares de dominio o condóminos de otro u otros inmuebles urbanos o rurales en el ámbito del territorio nacional, y ocupar efectivamente dicho inmueble.

Al respecto, el secretario general del Frente de Personas Discapacitadas del Frente Grande Capital, Antonio Cóppola sostuvo que "esto no hace más que reafirmar el principio consagrado en el artículo 42 de nuestra Constitución que privilegia la equiparación de oportunidades. Si bien la persona con discapacidad lucha por la igualdad, evidentemente los gastos que les proporciona su condición son muy superiores al del resto de la gente. Ésta es una norma netamente progresista, ya que garantiza la verdadera igualdad de posibilidades".

"Las personas con necesidades especiales presentan un muy bajo nivel de inserción laboral con la consiguiente imposibilidad de generar, en la mayoría de los casos, sus propios ingresos genuinos. Se hace necesario, por tanto, concederles las franquicias y estímulos que posibiliten neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca. En este sentido la exención de este impuesto será un alivio para sus finanzas familiares", señaló Dosch.

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