A días de la audiencia pública llevada a cabo para analizar el aumento de la tarifa del servicio de taxis, el diputado kircherista Sebastián Gramajo (Frente para la Victoria) propuso modificar la ley que regula el funcionamiento del Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Públicos para convertir en actos "nulos de nulidad absoluta" los incrementos de tarifas que se realicen sin previa audiencia pública.
Actualmente, la norma establece la obligatoriedad de convocar y realizar audiencias públicas en forma previa al dictado de resoluciones en relación a conductas contrarias a los principios de libre competencia o abuso de situaciones derivadas de monopolio natural o de posición dominante en el mercado; obras a realizar por un prestador que amenacen interferir o interfieran con la normal prestación de alguno de los servicios o afecten el ambiente; tarifas, cargos, clasificación o servicio de un prestador que sean consideradas, con fundamento como inadecuadas, indebidamente discriminatorias o preferencial, según la naturaleza del servicio o cuando se considere alterado el principio de razonabilidad y justicia tarifaría; asimismo en caso de solicitud de modificación de la tarifa; y que sea modificado el reglamento del servicio o los términos del contrato original en la relación usuario-empresa-Estado.
Gramajo quiere que se agregue al articulado de la Ley 210 que "el incumplimiento de la audiencia pública previa generara la nulidad absoluta e insanable de la resolución".
Cabe recordar que el pasado martes 10 de octubre en el Centro Cultural San Martín se realizó una audiencia pública en la cual tuvo lugar el tratamiento de la propuesta del Gobierno porteño de ofrecer a las organizaciones que nuclean a los taxis un nuevo aumento tarifario del nueve por ciento, que se suma al aumento provisorio que se había dispuesto previamente y en forma "provisoria".
En relación a este hecho, el legislador manifestó que "de esta forma se evitaría que los temas a analizar sean simplemente una ratificación o convalidación de lo ya ejecutado que puede ser justo, pero indefectiblemente tiene que tener el aval y la opinión de los consumidores".