El Ente Regulador de los Servicios Públicos de la ciudad de Buenos Aires, que preside Néstor Vicente, informó que la empresa Metrovías debe devolver el importe del viaje o bien la tarjeta magnética correspondiente, en caso de interrupción del servicio de transporte subterráneo.
Así lo establece la Resolución 955/2001 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, en la que también se fija la obligación por parte del concesionario de informar a los usuarios en forma reiterada y por los altavoces en caso de interrupción del servicio.
"Desde el momento de anunciada la interrupción y dentro del plazo de una hora, contado a partir del momento de ingreso al andén -registrado al dorso del subtepass- el pasajero puede reclamar en la boletería una nueva tarjeta magnética válida por un viaje o el equivalente en dinero al valor del boleto”, explicó el titular del Ente de la Ciudad.
Es importante destacar que se considera interrupción del servicio cuando el intervalo entre dos trenes supere dos intervalos programados, más una tolerancia de dos minutos. Por ejemplo, en el caso de interrumpirse el servicio en la línea A un día miércoles entre los meses de marzo y diciembre a las 14 horas, y teniendo en cuenta que el intervalo entre tren y tren es de 5.30 minutos, transcurridos 13 minutos de demora el concesionario tiene la obligación de informar al usuario sobre la interrupción. A partir de ese momento el usuario tiene derecho al reclamo.
"El desconocimiento de sus derechos por parte del pasajero lo puede llevar a optar por una tercera posibilidad, que es abandonar la estación y dirigirse a otro medio de transporte, volviendo a pagar con dinero de su bolsillo un pasaje que debería haber sido reintegrado por Metrovías en caso de que el usuario lo hubiera solicitado", concluyó Vicente.