Chicos a la cama, pero no solar

Chicos a la cama, pero no solar

Un proyecto de ley para regular el uso de las camas solares prohíbe su utilización a menores de 18 años. También plantea otras medidas, como la obligación a los establecimientos que comercializan este servicio de proveer de antiparras a los clientes, de informarlos acerca de los peligros de la exposición a los rayos ultravioletas y de pedirles un certificado extendido por un dermatólogo. La autora de la propuesta es la diputada justicialista Alicia Pierini


Arrugas, envejecimiento prematuro de la piel y alteración del ADN de las células, con la consiguiente aparición de lesiones cancerosas, son algunas de las consecuencias que, según la medicina, genera la sobreexposición del cuerpo a las radiaciones ultravioletas. Por ese motivo, en la Legislatura porteña plantean regular el uso indiscriminado de las camas solares.

Recientemente, la diputada Alicia Pierini presentó un proyecto de ley en el que, entre otras cuestiones, se prohíbe la utilización de las mismas a menores de 18 años y se impone a los establecimientos que venden el servicio la obligación de proveer a los clientes de antiparras y de exigirles, al momento de la inscripción, un certificado de salud extendido por un dermatólogo.

Este último deberá consignar las condiciones físicas del usuario para recibir las radiaciones ultravioletas, el establecimiento de las dosis adecuadas para su tipo de piel y el tiempo de exposición tolerada. Según la propuesta, en caso de existir contraindicaciones clínicas relativas, el médico actuante y el instituto que provee las camas solares deberán informar al usuario sobre los posibles daños que podría sufrir. Si las contraindicaciones son absolutas, el local no podrá brindarle el servicio.

El proyecto también promueve la elaboración de un folleto con información sobre los peligros que entrañan para la salud este tipo de radiaciones, para distribuirlos en los solarium en forma gratuita. Estos locales, además, deberán exhibir una información similar en un lugar visible de cada gabinete.

"Más allá de la libertad de disposición sobre el propio cuerpo, es deber ineludible de una política sanitaria establecer los parámetros de uso de equipos cuyos riesgos para la salud son inequívocos", fundamentó Alicia Pierini, que agregó que "no basta la información correcta al usuario" y que "debe prohibirse el uso de estas radiaciones a los menores de 18 años, por las consecuencias que puede conllevarles y por el menor discernimiento para evaluar los riesgos, propio de la primera juventud".

La norma propuesta toma los elementos vigentes de la Ordenanza 48.455 y la modifica. Sin embargo, "por una cuestión de mejor técnica legislativa se ha preferido redactar una norma nueva y derogar su antecedente, que en lo sustancial está incluido en el articulado que se propone", explicó Pierini.

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