Arnaudo: "El dictamen no es en apoyo a la suba del ABL"

Arnaudo: "El dictamen no es en apoyo a la suba del ABL"

En diálogo con NOTICIAS URBANAS, Luis Arnaudo, secretario del Fiscal General Germán Garavano, remarcó que los dictámenes "son sobre la admisibilidad de las acciones, sobre la cuestión de forma" y no sobre la cuestión de fondo "si el incremento es confiscatorio o no".


La Fiscalía General de la Ciudad, a cargo de Germán Garavano, emitió días atrás un dictamen en el que se consideró inadmisible por razones de forma una acción declaratoria de inconstitucionalidad de la ley que permitió el aumento del impuesto por Alumbrado, Barrido y Limpieza.

"Los dictámenes se efectúan a pedido del Tribunal Superior de Justicia. Antes se cobraba vista una vez iniciado el juicio, pero a partir del año pasado, el máximo tribunal, para evitar el avance del proceso y luego retrocederlo, está corriendo vista a la Fiscalía General antes de iniciarlo. Ya se han emitido varios dictámenes, el primero de ellos sobre el aumento del ABL fue sobre una causa iniciada por el Defensor General de la Ciudad, Mario Kestelboim, el cual finalmente desistió, y el último fue sobre un caso presentado por un ciudadano que planteaba que el aumento del 350 por ciento en el impuesto era confiscatorio. Hay que aclarar que la Fiscalía General no se expide sobre la cuestión de fondo, si el incremento es confiscatorio o no, si afecta el derecho a la propiedad o no; son sobre la admisibilidad de las acciones, sobre la forma", describió a nuestro medio Luis Arnaudo, secretario del Fiscal General.

Luego de remarcar que "el dictamen no es en apoyo a la suba del ABL", el funcionario judicial remarcó que las acciones fueron consideradas inadmisibles procesalmente por "falta de fundamentación" y por "no acotar la discusión a puntos concretos".

"En los planteos se dice que la ley en cuestión ataca el Código Fiscal y la Ley Tarifaria, pero no se fundaba en qué afecta normas de jerarquía constitucional. Si lo que se discuten son normas infra-constitucionales, el reclamo judicial debería iniciarse en primera instancia y no ante el Tribunal Superior. En la opinión de Garavano, las causas hasta el momento analizadas, no cumplen con los requisitos de fundamentación para iniciar un juicio sobre la inconstitucionalidad de la norma", detalló.

Los dictámenes de la Fiscalía General no son vinculantes, razón por la cual, los miembros del Tribunal Superior pueden sumarse o no a la opinión de Garavano.

"En ningún caso se ha expedido aún el Tribunal Superior. De llegar a resolver que el proceso cumple con las condiciones de admisibilidad y se inicia el juicio, intervendrá el Procurador General en representación del Gobierno de la Ciudad y el Fiscal General", comentó. Y agregó: "Garavano tiene la facultad de delegar su representación, pero en estos casos que son tan relevantes y que pueden afectar no a un caso particular, sino a todos, es decisión del Fiscal General tomar intervención personalmente en esos juicios, y expedirse sobre la cuestión de fondo".

Finalizando, Arnaudo remarcó que en las acciones presentadas "no se detalla el caso puntual y sólo se dice que se aumentó un 350 por ciento y que eso sería confiscatorio, pero si el impuesto pagado anteriormente era irrisorio, un incremento alto no necesariamente afectaría el derecho a la propiedad"; y destacó que se solicita la declaración de inconstitucionalidad de toda la norma "incluyendo excepciones impositivas, porcentajes máximos para el gravamen y mecanismos de reclamo".

"En casos en que esté bien planteada la acción podremos debatir la cuestión de fondo en juicio. Pero hasta el momento falló la cuestión de forma", concluyó.

Te puede interesar

Qué se dice del tema...