La Resolución Nª 308/2002 del Ministerio de Economía -que permite que las empresas disminuyan la calidad de los servicios públicos prestados- ya tiene su primer causa judicial abierta en su contra. Se trata de una acción promovida por la Dirección General de Protección y Defensa al Consumidor, a través de la cual los funcionarios porteños pretenden que "se haga cesar el estado de incertidumbre de los usuarios de servicios públicos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo que respecta a la aplicación de los artículos 5º y 6º" de esta polémica norma.
Por medio de estos dos artículos, el ministro de Economía, Roberto Lavagna, dispuso la suspensión de los procedimientos de exigibilidad -multas- en aquellos casos en los que "el concesionario evidenciara o demostrara razonablemente que el incumplimiento imputado se produjo en razón del impacto que sufriera en su desenvolvimiento económico-financiero", a partir de las medidas dispuestas por la Ley 25.561, de emergencia financiera, y sus normas complementarias.
El escrito judicial de la Secretaría de Desarrollo Económica porteña, a cargo de Eduardo Hecker, fue presentado este viernes en el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 8. "A raíz de que dicha Resolución no realiza ningún tipo de distinción respecto de incumplimientos contractuales que impliquen una disminución de la calidad prestacional del servicio y que resulta evidente que, al no existir obligación sin sanción, la gente puede sufrir un empobrecimiento en la calidad de los servicios", expresó la Secretaría en un comunicado de prensa.