Los camaristas mantuvieron su posición. Y eso significó una nueva mala noticia para el Jefe de Gobierno de la Ciudad en la causa de las escuchas ilegales. El miércoles de la semana última, los magistrados Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah, que integran la Sala I de la Cámara Federal porteña, volvieron a rechazar el pedido de los abogados del jefe comunal, Santiago Feder y Ricardo Rosental, de apartar de la causa al juez federal Norberto Oyarbide, a quien acusaron de ?destrato y maltrato? hacía la defensa y ?enemistad manifiesta? contra su defendido.
Los letrados basaban la recusación en el rechazo del magistrado al pedido de la defensa para que se investigue si la llamada anónima que recibió en su casa el líder de la agrupación de Familiares y Víctimas del atentado a la AMIA, Sergio Burstein, fue realizada por el agente de la Secretaría de Inteligencia del Estado Hugo Álvarez, como lo aseguró una nota periodística.
Pese a ello, el agente de inteligencia desmintió esa aseveración al declarar en Tribunales. La iniciativa de los abogados macristas era vital para la defensa, ya que la comunicación anónima que le avisó a Burstein que estaba siendo espiado por el entonces jefe de la Policía Metropolitana, Jorge ?el Fino? Palacios, fue el hecho que dio origen a la causa judicial.
De esta manera, si se probaba que la llamada había sido realizada por el espía, el origen de la comunicación partía de un hecho ilícito, lo que para Feder y Rosental desembocaba en la nulidad de la pesquisa. Los letrados, además, habían pedido una serie de pericias telefónicas sobre la misma cuestión, solicitud que también fue rechazada por Oyarbide. Estos motivos fueron los que determinaron que la defensa presentara el pedido de recusación.
En su fallo de la semana última, los camaristas rechazaron por ?extemporánea? la presentación y argumentaron la resolución explicando que ?cuando se recusa a un juez por una causal sobreviniente (la que aparece durante el trámite del proceso), el planteo debe ser realizado dentro de las 48 horas de producido o notificado el hecho. Oyarbide se había opuesto a la producción de las pruebas el 19 de abril último, es decir, más de tres meses antes del planteo recusatorio?. Estos datos fueron claves para que la recusación fuera ?declarada inadmisible?.
La medida tomada por la Cámara Federal carece de improvisación; en este tipo de planteamientos de la defensa de Macri y tiene antecedentes concretos que avalan lo actuado en los últimos días. A fines de marzo de este año, con el voto unánime de los tres camaristas, la Sala I rechazó el planteo de nulidad realizado por la defensa de Mauricio Macri cuestionando todo el proceso llevado a cabo por Oyarbide en el caso del espionaje telefónico.
Aquella vez, Fader y Rosental recurrieron a la Cámara y apelaron el rechazo al planteo de nulidad y la imposición del pago de costas, entendiendo que un llamado anónimo no sería suficiente para dar validez a la denuncia, lo que la convertiría en una prueba inválida, y que la persona que realizó el llamado e informó que el teléfono de Burstein estaba siendo intervenido habría violado la obligación de guardar secreto, en tanto integrante de la Secretaría de Inteligencia, por lo cual esta violación teñiría toda actuación posterior, dando como consecuencia la nulidad del proceso.
Una vez más los camaristas salieron a avalar al juez federal asegurando que ?Oyarbide no solo practicó prueba para conocer el origen de la notitia criminis sino que, aún sin haber podido verificar quién fue el autor del llamado, se ocupó de analizar las consecuencias que de allí podrían haberse derivado?. En aquel dictamen además expresaron: ?El reclamo de la parte apelante se dirige a cuestionar la actuación del juez en la tarea de comprobar su premisa, lo que haría presuponer que la defensa no está en condiciones de asegurar el punto de partida de su razonamiento (que el informante era un agente de la SIDE que habría violado la obligación de guardar secreto), y que Oyarbide decidió hacer lugar a la solicitud de cierta prueba: requirió al secretario de Inteligencia la extracción de vistas fotográficas y que el organismo respondió de manera negativa pero recomendando que se consultase a los letrados defensores acerca de la fuente de su imputación?.
A pesar de este fallo, los letrados defensores volvieron a recuperar la esperanza gracias al fallo dividido (dos a uno) dado a conocer por los integrantes de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, los magistrados Gustavo Mitchell, Ángela Ledesma y Liliana Catucci, que avaló la recusación contra Oyarbide y le ordenó a la Cámara Federal que revea su fallo anterior.
En esta oportunidad, Casación se refería al primer rechazo realizado por la Sala I contra la recusación del magistrado, que se produjo en junio de 2010. El fallo de dos de los camaristas (Ledesma y Mitchell) de Casación les ordena a los jueces de la Sala I que revean la resolución y dictaminen un nuevo fallo sobre la cuestión planteada por Macri contra Oyarbide. El tercer fallo (Catucci) directamente le da la razón a la defensa macrista y exige que el juez federal sea apartado de la causa.
?Se debe hacer lugar a la recusación y en consecuencia apartar a Oyarbide de la causa, porque de la sospecha nacida de los comentarios hechos por los medios masivos de comunicación surge que Oyarbide habría tenido predeterminación de incriminar a Macri?, sostuvo Catucci en el escrito.
Por su parte, Ledesma señaló: ?Los magistrados de la Cámara Federal no analizaron si las expresiones que Oyarbide habría vertido ante la prensa tenían entidad suficiente para afectar su imparcialidad frente al caso o si había existido un prejuzgamiento?. Tanto Feder como Rosental depositan sus últimas esperanzas judiciales en Casación, ya que este tribunal fue el que a través de uno de sus integrantes (Catucci) cuestionó la figura de asociación ilícita que pesa contra los principales procesados de la causa y que es la piedra fundamental en que se basa toda la investigación del juez federal contra Macri y los exfuncionarios porteños.
Los letrados confían en que los camaristas avalen el recurso que presentaron contra la ratificación del procesamiento en primera instancia que dictó la Cámara Federal contra el Jefe de Gobierno. Y el dato que más los alienta se basa en la resolución que niega la existencia de una asociación ilícita en el seno del Gobierno porteño para realizar tareas de inteligencia y pinchaduras clandestinas de teléfonos.
En la resolución del 2 de agosto de 2010, Catucci, al referirse al procesamiento de Palacios, que está imputado por el mismo delito que Macri, afirmó que en el expediente no hay pruebas que avalen tal acusación. En este mismo fallo, los tres camaristas coincidieron en retar a Oyarbide por dilatar la etapa de recolección de pruebas de la causa y no cerrar el período de investigación para pasar el expediente a la etapa del juicio oral. ?Es necesario que el magistrado a cargo de la investigación reúna a la brevedad toda la prueba no producida y la encamine hacia la próxima etapa procesal?, manifestaron por escrito los tres jueces.
La primera recusación contra el magistrado a cargo de la pesquisa fue por ?prejuzgamiento y falta de imparcialidad?, y la defensa ofreció como prueba el testimonio del exsenador nacional justicialista Héctor Maya, quien dijo que en un encuentro que mantuvo con el juez federal este último manifestó que a Macri ?se lo llevaba puesto?.
Sin embargo, la Cámara Federal rechazó el planteó y confirmó al juez al frente del expediente. Con la nueva negativa dada a conocer la semana última la situación judicial del ingeniero se complicó. Con la Cámara Federal cerrando filas con Oyarbide, la última esperanza de Macri es Casación. Y con los antecedentes del caso nadie le asegura una victoria.