El polémico debate sobre la conclusión de la vida en el marco de enfermedades terminales será abordado este lunes en la Comisión de Salud de la Legislatura porteña. Cuatro proyectos de ley ?tres de la oposición y uno del oficialismo porteño- fueron presentados sobre la materia.
Desde la oposición, el legislador y presidente de la Comisión de Salud, Jorge Selser (Socialismo Auténtico en Proyecto Sur), Gabriela Alegre (Frente para la Victoria) y la ex legisladora Diana Maffía, proponen con algunas diferencias cuerpo normativo que permita expresar de forma anticipada qué tipo de cuidados se quieren tener frente a un padecimiento irreversible, e incluso una vez fallecido.
Bajo el título ?Declaración de Voluntad Vital Anticipada, Testamento Biológico?, Selser propone un articulado en el que se establezca que ?toda persona capaz y mayor de edad tiene derecho a manifestar anticipadamente su voluntad acerca de su cuidado personal, el tratamiento de su salud, y/o el destino de su cuerpo una vez llegado el fallecimiento, con el objeto que se cumpla frente a situaciones en que no sea capaz de expresarla personalmente, sea de manera transitoria o permanente?. La iniciativa propone la creación de una planilla de distribución gratuita en la cual se expresan las intenciones de la persona, y una cláusula eximiendo de responsabilidad a los profesionales médicos.
Entre los puntos que se podrían expresar a modo de testamento se encuentran ?el alcance y forma de aplicación de los tratamientos; la decisión de rechazar o no el encarnizamiento médico y/o a prácticas, tratamientos y/o procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación y/o de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría; la designación de dos representantes o legatarios para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de su voluntad; la decisión de estar o no acompañados en la intimidad en los momentos cercanos al final de la vida y a especificar el trato apropiado que sus acompañantes deben recibir de acuerdo a las circunstancias; la designación del lugar/es de residencia, las actividades deseadas, las visitas, los cuidados especiales, etc; la voluntad o no de recibir asistencia espiritual (sin distinción de culto y/o etnia); y el destino del cuerpo post mortem?.
En el caso del proyecto de Maffía, la declaración de voluntad anticipada únicamente se centra en que la persona exprese su deseo de ?ser sometida o no a determinado tratamiento médico?. ?La Declaración de Voluntad Anticipada será prestada por el/ la paciente por ante escribano/a público/a de registro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o bien ante el/la médico/a tratante o autoridad médica de la institución sanitaria en la que se asista, con la intervención de 2 (dos) o más testigos, quedando estos últimos sujetos a las sanciones establecidas en el Código Penal respecto de toda falsedad de documento público?, expresa la propuesta.
Resaltando el derecho a la autonomía personal, la propuesta de la legisladora Alegre deja expresa constancia que ?toda persona tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial, independientemente de la naturaleza y/o gravedad de la enfermedad, aún si de la negativa derivara un riesgo para su salud o su vida?.
El PRO por su parte, con autoría de la vicepresidenta de Salud, Carmen Polledo, propone que la Ciudad adhiera ?a la Ley Nacional 26.529, sancionada el 21 de Octubre de 2009 [?] que regula los Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud?.
En la normativa nacional a la cual el PRO propone adherir se expresa que ?el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad? y en cuanto a directivas anticipadas establece que ?toda persona capaz mayor de edad puede disponer directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud; las directivas deberán ser aceptadas por el médico a cargo, salvo las que impliquen desarrollar prácticas eutanásicas, las que se tendrán como inexistentes?.
El debate en comisión se iniciará este lunes a las 14, con reunión de asesores en el Salón Arturo Jauretche.