El disgusto de los padres no tardó en hacerse oír, ni bien escucharon la orden de la Cámara de Casación Penal de abrir la libre circulación de la calle Bartolomé Mitre, los silbidos, insultos y gritos fueron la constante.
En la Sala III del máximo tribunal penal se leyó la resolución por los planteos que se presentaron para que se revise el fallo dictado, en el 2009, por el que se condenara a 20 años de prisión a Omar Chabán, quien salió “beneficiado” en esta lectura por un cambio en la calificación de su carátula.
“Nivelaron para abajo, no nos dieron justicia. Hasta que no haya Justicia no se va a abrir la calle”, advirtieron los padres.
La pena la anunciará el TOC 24.
UNO A UNO, SUS CONDENAS:
Omar Chabán: condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo.
Diego Marcelo Argañaraz (ex manager del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Carlos Rubén Díaz (ex subcomisario): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho pasivo.
Raúl Alcides Villarreal (ex colaborador de Chabán): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Fabiana Fiszbin (ex funcionaria del Gobierno de la Ciudad): condenada como autora penalmente responsable por el delito de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de incendio culposo seguido de muerte.
Ana María Fernández (ex funcionaria del Gobierno de la Ciudad): condenada como autora penalmente responsable por el delito de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de incendio culposo seguido de muerte.
Gustavo Torres (ex director adjunto de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad): condenado como autora penalmente responsable por el delito de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de incendio culposo seguido de muerte.
Patricio Fontanet (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Eduardo Vázquez (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Juan Alberto Carbone (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Christian Eleazar Torrejón (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Maximiliano Djerfy (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Elio Delgado (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
Daniel Cardell (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario.
LA SENTENCIA DEL TOC 24
El 19 de agosto de 2009, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 24, integrado por los jueces Maria Cecilia Maiza, Marcelo Alvero y Raúl Llanos, condenó a Chabán a la pena de 20 años de prisión. Lo encontró responsable del delito de ?incendio doloso calificado por haber causado la muerte de 193 personas y lesiones a por lo menos 1432, en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de autor”.
También condenó a Diego Marcelo Argañaraz (ex manager del Grupo Callejeros) a 18 años de prisión por el delito de incendio doloso calificado por haber causado la muerte de 193 personas y al menos 1432 lesionados, en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. En cuanto al ex subcomisario Carlos Rubén Díaz, el Tribunal lo condenó a 18 años de prisión e inhabilitación especial perpetua por considerarlo autor del delito de cohecho pasivo en concurso real con el delito de incendio doloso calificado por haber causado la muerte de 193 personas y por lo menos 1432 lesionados, en calidad de partícipe necesario.
Sobre el ex colaborador de Cabán, Raúl Alcides Villarreal, recayó la pena de 1 año de prisión por ser partícipe secundario del delito de cohecho activo.
Sobre los ex funcionarios del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Fabiana Fiszbin y Ana Maria Fernández, recayó la pena de dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial por considerarla autora del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
En tanto, el Tribunal dispuso absolver a los integrantes del Grupo Callejeros: Patricio Fontanet, Eduardo Vazquez, Juan Alberto Carbone, Christian Eleazar Torrejón, Maximiliano Djerfy, Elio Delgado y Daniel Cardell.
También absolvió al ex comisario de la seccional séptima, Miguel Angel Belay y al ex director adjunto de Fiscalización y Control del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires.
Fuente: CIJ.