La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de registración en línea para la cuarta ronda del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), que brinda auxilio para el pago de salarios de julio en el sector privado.
Lo hizo a través de la resolución general 4779/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que precisó que los empleadores que requieran la asistencia estatal para tal fin, podrán inscribirse hasta el 4 de agosto próximo.
Entre los días 29 de julio y 4 de agosto, inclusive, estará abierta la inscripción al Programa ATP. Pueden registrarse todos los empleadores que requieran asistencia estatal para el pago de los salarios de julio. Para hacerlo deben ingresar en https://t.co/sHpVhb9Ave pic.twitter.com/6DcWlrhZc7
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) July 28, 2020
Para eso deberán ingresar con Clave Fiscal a la web de la AFIP (afip.gob.ar) a través de la solapa “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.
Durante esta nueva etapa, el programa contemplará la posibilidad de que aquellos empleadores que hayan registrado aumentos nominales en su facturación de hasta el 30 por ciento interanual en junio, puedan tramitar un crédito subsidiado para el pago de salarios.
Por otra parte, accederán al salario complementario de hasta dos salarios mínimos (33.750 pesos) aquellas actividades consideradas críticas (turismo, restaurantes, gimnasios, cultura y deportes) y de hasta 25.300 pesos los trabajadores de las empresas de otros rubros que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de junio de 2019 y 2020.
En el caso de las firmas cuya facturación nominal muestre una variación positiva de entre el 0 y el 30 por ciento, podrán tramitar un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno nacional para financiar los salarios.
Si la facturación fue entre 0 y 10 por ciento más que en junio de 2019, será un crédito a tasa cero; para un alza interanual de ventas de entre 11 y 20 por ciento, la tasa será del 7,5 por ciento; y para las empresas que hubieran facturado entre 21 y 30 por ciento más, la tasa será del 15 por ciento anual.
“Los créditos estarán disponibles una vez que finalice el período de inscripción”, informaron desde la AFIP.