La jueza María Gabriela López Iñiguez, titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Número 14, resolvió este viernes no dar lugar a la recusación del fiscal General Adjunto Luis Cevasco y del fiscal Carlos Rolero en la causa número 941 (D)/14.
El pedido de recusación fue solicitado por los abogados defensores de Marta Yané y de Pedro Alberto Bassi Luna -imputados en el expediente en el que se investiga la toma de terrenos en Villa Lugano-, que apuntaba a una falta de objetividad.
La jueza señaló que la objetividad de los fiscales para intervenir en este caso no fue afectada, y señaló: “No advierto que los hechos de autos se traduzcan en un interés personal de Cevasco y Rolero, ajeno a su actuación como representantes del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad”.
Con respecto a la posibilidad de que hubiera existido una filtración de información por parte de los fiscales a los medios de comunicación, la magistrada señaló que la audiencia realizada el 25 de abril de 2014 fue pública y que “la difusión de lo allí acontecido no sólo no se vedó, sino que explica justamente la información que apareció a posteriori volcada en diversos medios”. Además López Iñiguez resolvió que “no existen pruebas irrefutables de que los fiscales recusados hayan incurrido en una violación a los artículos 156 o 157 del CP sin que pueda afirmarse a este respecto que la única fuente de filtraciones debió ser el Ministerio Público Fiscal”.