El Boletín Oficial de la Ciudad publicó ayer la Ley de Talles, con lo cual entró en funcionamiento, tras más de dos años de haber sido votada. La nueva reglamentación exige a todos los fabricantes y comercios la existencia de ocho medidas, pero no aclara cuáles.
Un grupo de asociaciones y legisladores que trabajan en el tema si bien celebraron la entrada en vigencia de la norma después de tantos años de ser aprobada -se votó en la Legislatura en diciembre de 2009- advierten que la reglamentación, publicada ayer en el Boletín Oficial porteño, "es confusa" por lo cual "será difícil de aplicar" y permitirá a los fabricantes "hacer trampa".
Ocurre que la norma exige que haya 8 talles, basados en nomas IRAM, pero no establece cuáles. En este marco, entidades de defensa del consumidor, ONG y varios legisladores pedirán que sea modificada.
Según funcionarios del Gobierno porteño consultados por el Semanario NU (en su edición 341), la tabla con los 8 talles aún no está definida pero afirman que se hará en el plazo de 180 días hábiles, cuando la ley tenga cumplimiento efectivo.
"Una tabla así permite que los fabricantes hagan trampa y en vez de ofrecer talles más grandes confeccionen más chicos", consideró la legisladora Adriana Montes, de la Comisión de Defensa de Consumidores de la Legislatura. Y abundó en su explicación: "Se necesita una tabla amplia. No estamos de acuerdo con que se exijan sólo 8; vamos a pedir 12 talles obligatorios y estamos analizando si serán del 36 al 58 o del 38 al 60".
La legisladora María América González no quiere hablar de un número determinado de talles: "Se deben fabricar y vender todos los talles: del más chico al más grande", opinó.
Pero los cuestionamientos sobre la reglamentación de la ley no concluyen con la escala de los talles que establecerá el Ejecutivo porteño. Los plazos fijados para que los comercios tengan que abastecer sí o sí a sus locales con prendas más amplias son muy extensos.
Según lo estipulado, las empresas medianas y las grandes deberán empezar con garantizar sólo el 25% de todos sus modelos el primer año y sumar el mismo porcentual por año hasta completar el 100 en 2016. Para las firmas chicas, el cronograma se estira dos años más.
Además, si bien en la provincia de Buenos Aires la ley lleva 7 años de vigencia, es restringido su cumplimiento. Las estadísticas oficiales dan cuenta que sólo en 2011, se labraron 1.591 infracciones.