Declaran nulos nombramientos en Salud

Declaran nulos nombramientos en Salud

El juez porteño Roberto Andrés Gallardo declaró nulo el proceso de selección para la cobertura interina de los cargos de director y subdirector de los hospitales porteños. “Se evidencia la clara voluntad del Gobierno de provocar la renuncia forzada de todos los directores y subdirectores y la designación de otros, no con motivo de la natural vacancia de cargos sino en virtud del procedimiento creado el que a todas luces resulta inconstitucional”, subrayó el magistrado.


La Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad hizo lugar a un recurso de amparo impulsado por la Asociación de Profesionales Centro de Salud Mental 3 Dr. Arturo Ameghino, y resolvió declarar la inconstitucionalidad del decreto 868/08 que inició el proceso de selección de profesionales para la designación interina de directores y subdirectores médicos de todos los hospitales públicos de la Ciudad.

En la sentencia firmada por el juez porteño Roberto Andrés Gallardo, el magistrado no sólo declara la inconstitucionalidad del decreto sino también ?la nulidad del procedimiento instrumentado? para la designación.

?Se instrumentó un procedimiento no habitual de cobertura interina de vacantes con la particularidad de que las mismas fueron inducidas o producidas artificialmente por el mecanismo de forzar la renuncia a todos los Directores y Subdirectores de hospitales?, expresa el juez en los fundamentos de su fallo.

Tras señalar que mediante el decreto cuestionado se ?dispuso la creación en el ámbito del Ministerio de Salud, de una Junta Asesora para la designación interina de Directores y Subdirectores Médicos del Area Técnica Administrativa y Asistencial de todos los hospitales?, y que esta Junta tenía como fin ?la evaluación de la trayectoria, antecedentes y mérito de los postulantes para la cobertura de dichos cargos? para luego ?aconsejar al Ministro de Salud, acerca de los profesionales que, a su criterio, debieran cubrir interinamente las vacantes, para su posterior consideración por el Jefe de Gobierno?, y luego de analizar la normativa vigente en materia de designaciones interinas para los cargos en cuestión, el magistrado remarcó la inconstitucionalidad del decreto.

?Se evidencia la clara voluntad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de provocar la renuncia forzada de todos los directores y subdirectores de los hospitales de la Ciudad y la designación de otros profesionales en su reemplazo no con motivo de la natural vacancia de cargos sino en virtud del procedimiento creado mediante el Decreto 868/08, el que a todas luces resulta inconstitucional?, sostiene Gallardo.

Y concluye: ?Es que no puede admitirse ni convalidarse el dictado del Decreto 868/08 que, con la apariencia de instrumentar un procedimiento para la cobertura interina de inexistentes vacantes de Directores y Subdirectores Médicos del Area Técnica Administrativa y Asistencial de todos los hospitales dependientes de Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conculca en forma clara y manifiesta los derechos de los trabajadores profesionales de la Salud que la actora representa, en abierta contradicción con el expreso precepto constitucional de acceso a la carrera de empleo público por concurso previsto en el art. 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?.

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