La Defensoría del Pueblo porteña presentó un proyecto de ley ante la Legislatura con el propósito de "establecer un marco normativo para una actividad ligada a la salud de la población y que, por lo tanto, debe ser considerada como servicio público". Esta iniciativa que trata de controlar el servicio de ambulancias de la Ciudad.
La defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Pierini, destacó entre los fundamentos de la ley que "la ciudadanía reconoce que la actividad de las ambulancias está relacionada con la protección de la salud general, pero que tal concepción no fue acompañada por las autoridades a través de políticas de regulación".
El proyecto de ley se propone ordenar y fiscalizar el sistema de prestaciones de los servicios de ambulancias en el ámbito de la ciudad. Para la Defensoría, la actividad debe garantizar la continuidad del servicio, la calidad y seguridad necesarias para resguardar la vida del paciente.
En este sentido, la iniciativa de la ombudsman porteña exige a los prestadores del servicio requisitos estrictos para la habilitación del vehículo, normas para identificarlo, condiciones básicas para autorizar al conductor a cumplir con la responsabilidad de su tarea, las ocasiones en que se autoriza la utilización de la sirena, entre otras exigencias.
Pierini además, destacó que en el artículo 12 referido a la obtención de la habilitación sanitaria se exige: contar con un director médico responsable, disponer de una sede central independiente, poseer un sistema informático y de comunicaciones, contar con libro de registro donde se acrediten los datos de las personas asistidas, el personal que asistió al servicio, el tipo de asistencia brindado, el origen y el destino de las personas asistidas.