Causa protocolo antipiquetes: la Cámara Federal apartó al juez Casanello

Causa protocolo antipiquetes: la Cámara Federal apartó al juez Casanello

El camarista Eduardo Farah resolvió que el tema debe tramitarse en la justicia penal ordinaria.


La Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal apartó al juez Sebastián Casanello de la causa que cuestionaba la legalidad del protocolo antipiquetes de Patricia Bullrich. La sentencia resolvió que el tema, que tramitaba en la Justicia Federal, debe enviarse a la justicia penal ordinaria.

En este sentido, la Cámara ha entendido que el Dr. Casanello no resulta competente para las facultades que se auto arrogó al resolver el habeas corpus planteado por la militante del MST y legisladora porteña, Celeste Fierro, determinando con su accionar una inoficiosa demora en el procedimiento natural del instituto, las que, al decir de la propia Cámara “tales desviaciones han llevado a una desnaturalización de aquél y a demoras injustificadas.”.

Basta recordar que el magistrado de primera instancia dio curso en el trámite al planteo de 36 organizaciones sociales como amicus curiae, sin requerirles a éstas siquiera los estatutos para comprobar su personería, circunstancia ajena a la naturaleza propia del instituto en cuestión.

Ante tal escenario, el trámite que se había iniciado el miércoles 14 de febrero quedó sin efecto. Casanello había rechazado el planteo de incompetencia que realizó el ministerio durante el primer encuentro. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara falló a favor de la cartera de Seguridad.

A la primera audiencia había asistido la ministra Patricia Bullrich (impulsora de la aplicación del protocolo, la fiscal del caso Paloma Ochoa y la legisladora Celeste Fierro (MST, FIT-U), quien presentó la demanda.

La semana pasada y de manera posterior a la audiencia, la Cámara Federal anuló una resolución de Casanello en la cual había exhortado al Ministerio a evitar colisionar con derechos constitucionales a la hora de aplicar el protocolo. Ahora el juez Farah lo apartó del caso y resolvió que vuelva al juzgado en lo Criminal y Correccional N°28 de la Ciudad de Buenos Aires, donde había tramitado en un principio.

Desde el Ministerio de Seguridad expresaron que “la Cámara ha entendido que el doctor Casanello no resulta competente para las facultades que se auto arrogó al resolver el habeas corpus planteado por la militante del MST (Celeste Fierro), determinando con su accionar una inoficiosa demora en el procedimiento natural del instituto, las que, al decir de la propia Cámara “tales desviaciones han llevado a una desnaturalización de aquel y a demoras injustificadas”.

La ministra de Seguridad celebró la sentencia en X: “Los que cortan, no cobran. Los que rompen, pagan. Los que violan la ley, van presos. Hoy la Cámara Criminal y Correccional Federal, Sala II nos acompañó. ¡El Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público sigue vigente!”.

Qué se dice del tema...