Condenaron a la Municipalidad de La Plata por no informar sobre la implementación de la IVE

Condenaron a la Municipalidad de La Plata por no informar sobre la implementación de la IVE

Por Edgardo Núñez

Fue un fallo de segunda instancia, emitido por la Cámara de Apelación del fuero Contencioso-Administrativo.


La lucha por la transparencia en la implementación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo cobra fuerza en La Plata. La Cámara de Apelaciones ratificó la condena al Municipio por falta de información sobre salud sexual y reproductiva. El fallo sienta un precedente crucial en la rendición de cuentas y el acceso a derechos fundamentales.

En un veredicto histórico, emitido el 1° de agosto, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata ratificó la condena al Municipio de La Plata por falta de transparencia para brindar información sobre la implementación de la Ley 27.610, conocida como la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Esta sentencia representa un paso significativo en la lucha por la garantía del acceso a la salud sexual y reproductiva en la ciudad.

La sentencia resultó de una demanda presentada por una coalición de destacadas organizaciones de derechos humanos y género, entre ellas el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional, ELA-Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto-Regional La Plata, Desobedientes Socorristxs La Plata y la Red de Profesionales de la Salud de La Plata, Berisso y Ensenada. Estas organizaciones habían solicitado información completa y precisa sobre la implementación de la Ley de IVE para evaluar cómo se estaba garantizando el acceso a la salud sexual y reproductiva en la ciudad.

La condena original tuvo lugar en diciembre de 2022, cuando el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 1, de María Fernanda Bisio, falló contra de la Municipalidad de La Plata por no proporcionar la información requerida por las organizaciones. De las 15 preguntas planteadas por las entidades, 9 quedaron sin respuesta y las restantes 6 recibieron respuestas insuficientes.

La Municipalidad –al frente de la cual se encuentra Julio Garro (JxC)- apeló el fallo original, llevando el caso a la segunda instancia. Sin embargo, en esta etapa, el voto unánime de los jueces Claudia Milanta, Gustavo de Santis y Gustavo Spacarotel confirmó la sentencia inicial. Los magistrados destacaron que la información solicitada estaba relacionada con cuestiones de política de salud local y, por lo tanto, debía ser proporcionada.

Algunos de las interrogantes que la Municipalidad de La Plata se negó a responder incluían la cantidad de procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo realizados en centros de salud municipales desde la entrada en vigencia de la Ley 27.610, los centros de salud de primer nivel que garantizaban el acceso a este derecho y las medidas adoptadas para garantizar la información adecuada en casos de objeción de conciencia.

Las organizaciones que promovieron esta demanda celebraron el fallo de la Cámara de Apelaciones como un paso fundamental hacia la rendición de cuentas de todos los niveles del Estado en lo que respecta a la implementación de la Ley de IVE. Esta ley desempeña un papel esencial en la atención de la salud sexual y reproductiva de mujeres y personas gestantes y su implementación transparente es fundamental para garantizar que estos derechos sean respetados y protegidos.

La decisión legal destaca la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en el ámbito de la salud y los derechos reproductivos y establece un precedente valioso para futuras acciones destinadas a garantizar el acceso igualitario y efectivo a la atención médica en el contexto de la interrupción voluntaria del embarazo.

La sentencia

La jueces de Cámara expresaron en su fallo que “los argumentos de impugnación carecen de consistencia para quebrar una línea decisoria que se apoya con acierto en la doctrina legal que aporta y en unos alcances que, en su aplicación al caso, revelan una respuesta insuficiente”.

Además, explicaron que “la comuna demandada no cumple con el deber de información que la jueza de la causa edifica sobre pilares normativos y jurisprudenciales”, a la vez que consideraron que los mismos eran necesarios para “abastecer de escenario preceptivo a esta intervención y que comprenden aspectos de política de salud de resorte local”.

“La recurrente no logra conmover esa conclusión de la sentencia de clausura, pues se limita a reiterar lo expuesto en su contestación de demanda, sin aportar argumento alguno para rebatir las omisiones de información especificadas por la jueza de la causa”, detallaron.

En esa línea, subrayaron que “las razones críticas que arroja el escrito de impugnación, valoradas en el expuesto marco conceptual con el que cabe connotar el derecho a la información, no supera el umbral de un mero descontento, que es insuficiente como crítica razonada de las partes del fallo que considere equivocadas la recurrente”.

“Por ello, con arreglo a lo expuesto y a los alcances precedentes, corresponde confirmar la sentencia apelada. Propongo: Rechazar el recurso de apelación de la parte demandada y confirmar la sentencia atacada, en todo cuanto fuera materia de sus agravios, con costas de la instancia a su cargo por revestir calidad de vencida en ella”, finalizó el documento.

En el año 2019, los hospitales y centros de salud que realizaban interrupciones legales del embarazo eran 196 en 51 municipios bonaerenses, es decir que sólo se accedía en el 38 por ciento de los distritos de la Provincia. A diciembre de 2021, en cambio, ya eran 494 establecimientos distribuidos en 130 municipios, un 150% más que en 2019. “Estamos trabajando en las 12 Regiones Sanitarias, junto a las y los trabajadores de salud, en ampliar el acceso a los abortos voluntarios y legales en la provincia, poniendo especial énfasis en la reducción de la inequidades territoriales” según Sabrina Balaña, por entonces directora provincial de Equidad de Género en Salud.

Los datos del año pasado aún no se encuentran disponibles para el público, pero fuentes del Ministerio de Salud informaron que a la brevedad lo estarán, pero la red se extiende cada vez más.

Según la escritora feminista Luciana Peker, “en Argentina se cumple con el derecho al aborto legal. De enero a septiembre del 2022 las provincias informaron al Ministerio de Salud de la Nación 59.267 Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE) y, en el 2021, 73.487. En el 2015 solo estaban notificados 500 abortos por causales y en el 2014 apenas 400”.

Peker aseguró además que, a pesar de las predicciones apocalípticas de los grupos antiabortistas, “esto demuestra que la legalización permitió transparentar los abortos realizados en el sistema de salud o con controles pre o post aborto (ya que con medicación se puede realizar en forma privada, íntima y ambulatoria) y que la cifra tampoco refleja un estallido que pueda indicar un aumento de la práctica por su legalización”.

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