En una nota enviada a la presidenta del Consejo, Karina Leguizamón, el Capítulo Argentina del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana (COPAJU) señaló que la denuncia “representa una conducta de hostigamiento y persecución de una funcionaria del Poder Ejecutivo Nacional contra el nombrado juez, con motivo de una decisión judicial adoptada en el marco de sus competencias”.
La nota lleva la firma de César Raúl Jiménez, juez de Misiones y coordinador de COPAJU Argentina, un espacio que reúne a magistradas y magistrados de todo el país consustanciados con las ideas del Papa Francisco.
Con relación a la cautelar dispuesta por Gallardo el 6 de abril, en la causa “CGT (Com. de DDHH),UTEP y otros contra GCBA sobre amparo – seguridad pública”, las juezas y jueces destacaron que “la evaluación del acierto o desacierto de una decisión judicial corresponde al tribunal que pueda entender en su revisión; por lo tanto, resulta inadmisible que una funcionaria nacional ocurra a la denuncia, a la amenaza, al hostigamiento y a la persecución mediática”.
Agregaron que “la independencia del Poder Judicial y su autonomía van de la mano con políticas de respeto y preservación de la dignidad de las magistradas y de los magistrados”. Por eso, advirtieron que “este tipo de denuncias –dogmáticas e infundadas– solamente buscan debilitar la autonomía y la independencia de los jueces, quienes están llamados a responder a la garantía de derechos de los ciudadanos y el propósito de la paz para el bien común, en el mejoramiento colectivo”.
COPAJU Argentina recordó que ya en su oportunidad, con motivo de la manifestación del 12 de marzo, se había expresado “con relación a la represión desproporcionada de las fuerzas nacionales de seguridad”.
Las magistradas y magistrados sostuvieron que el juez Gallardo, “basado en hechos de violencia institucional (…), y ante la amenaza inminente de ocurrencia de nuevos hechos de tal naturaleza en la movilización convocada para el día 9/4/2025, ordenó al Gobierno de la Ciudad –a través del Ministerio de Justicia y Seguridad y de la Policía de la Ciudad– que asuma de forma activa y prioritaria su rol operativo de conducción y coordinación del dispositivo de seguridad con motivo de la movilización convocada en el área del Congreso Nacional, excluyendo a las fuerzas federales”.
Remarcaron que el juez Gallardo “no ha hecho más que ordenar lo que la ley manda: la propia resolución N°943/2023 del Ministerio de Seguridad de la Nación establece que su aplicación debe efectuarse en las condiciones establecidas por los arts. 23 y 24 de la Ley de Seguridad Interior, 24.059, que establece que las fuerzas de seguridad federales pueden actuar dentro de una jurisdicción local únicamente a requerimiento formal de la autoridad competente, salvo en casos excepcionales de emergencia nacional o amenaza concreta a intereses federales definidos”. Por lo tanto, reiteraron que “la seguridad pública en CABA es de competencia irrenunciable, exclusiva y prioritaria de sus autoridades locales, a través de la Policía de la Ciudad”.
Por todos estos motivos, solicitaron al Consejo de la Magistratura de la Ciudad que “rechace in limine” la denuncia formulada por Bullrich contra el doctor Gallardo.