El juez Otamendi resaltó la buena práctica judicial

El juez Otamendi resaltó la buena práctica judicial

La Justicia Contravencional y de Faltas de la Ciudad resolvió en 48 horas una causa por el delito de portación de arma de uso civil. En diálogo con NOTICIAS URBANAS, el juez Santiago Otamendi señaló que la velocidad con la cual se investigó y dictó sentencia en este caso fue posible gracias "al avenimiento, una figura que permite a la fiscalía exhibir la prueba frente al imputado, que éste reconozca el hecho y que se logre un acuerdo en la pena".


La Justicia Contravencional y de Faltas de la Ciudad resolvió una causa por el delito de portación de arma de uso civil en sólo 48 horas, luego de que un joven de 24 años fuera detenido en flagrancia con un revolver calibre 32 en el barrio de Villa Urquiza.

El titular del Juzgado Nº 27, Santiago Otamendi, (subrogante en el juzgado Nº 15 a cargo de Gustavo Letner) describió ante NOTICIAS URBANAS el proceso judicial.

"Desde el 25 de septiembre tenemos en la Justicia de la Ciudad un nuevo Código Procesal Penal, el cual contempla el avenimiento, que es una figura que permite a la fiscalía a recoger y exhibir la prueba frente al imputado, que el mismo reconozca el hecho y que se logre un acuerdo en relación a la pena. En este caso en particular pudo resolverse rápidamente porque al ser un delito de flagrancia, la recopilación de la prueba fue sencilla", expresó el magistrado.

Otamendi resaltó que en el proceso de producción de la prueba, "siempre hubo participación de la defensa oficial del imputado" y que "la fiscalía (a cargo de Genoveva Cardinali), al recoger la prueba con la defensa, dio muestras de una buena práctica judicial".

"El procedimiento acotado pudo efectuarse debido a que el imputado, voluntaria y libremente, reconoció la autoría de los hechos y llegó a un acuerdo en la pena. Como juez, en un sistema acusatorio, lo único que debí hacer fue medir las instancias de cómo se llegó a ese acuerdo, entrevistar al imputado y comprobar las garantías del debido proceso", señaló ante esta agencia.

El sujeto tenía dos condenas de la Justicia Federal y se encontraba gozando de libertad condicional desde el mes de agosto pasado.

Por el delito transferido a la Justicia de la Ciudad se le impuso una pena de 1 año de prisión de cumplimiento efectivo. Ocho años sería la sumatoria de condenas al unificarlas.

"Ya se ordenó que se realice una composición y cómputo de la pena, para establecer cuánto deberá cumplir efectivamente. En principio se dispuso que, al ser un condenado de la Justicia local, cumpla su condena en el Centro de Contraventores porteño, el cual ofrece alternativas favorables para su cumplimiento. Pero por una cuestión de capacidad de alojamiento o por proximidad con la familia, podría resolverse su traslado a otro penal", dijo.

Si el imputado no hubiera aceptado el acuerdo en la audiencia de avenimiento con la fiscalía y no hubiera reconocido la autoría del hecho, más allá de las pruebas recopiladas que lo inculpaban, la causa hubiera seguido los tiempos y las instancias procesales de un juicio común.

El pasado viernes sólo se dictó la sentencia, el próximo viernes se darán a conocer los fundamentos del fallo.

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