Debaten el nuevo régimen de contratos de participación público-privada

Debaten el nuevo régimen de contratos de participación público-privada

Funcionarios porteños le explicaron a los legisladores el proyecto de adhesión a la ley nacional que propone modificaciones al marco regulatorio.

El subsecretario Abel Fernández y los diputados García y Polledo

Funcionarios del Poder Ejecutivo porteño informaron este miércoles a los legisladores de la Comisión de Presupuesto acerca del proyecto de ley que remitiera el Jefe de Gobierno proponiendo un nuevo régimen de contratos de participación público-privada -PPP- para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La iniciativa postula adherir a la ley nacional de Contratos de Participación Público — Privada N° 27.328 y derogar la Ley N° 4.791 -texto consolidado por la norma N° 5.666- es decir el marco regulatorio para el desarrollo y ejecución de proyectos de obras de infraestructura y servicios publicado en el año 2014.

Ante los legisladores expuso el subsecretario de Finanzas del Ministerio de Hacienda, Abel Fernández Semhan, área que tiene a su cargo la planificación e instrumentación de políticas que ayuden a la captación de financiamiento con organismos multilaterales de crédito y mercado de capital.

La Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias planificar e instrumentar políticas tendientes a propiciar la captación de financiamiento de corto y largo plazo, nacional e internacional con organismos multilaterales de crédito y mercado de capital; también entender en la administración, seguimiento, control y amortización de los préstamos internacionales destinados a financiar proyectos en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y además, entender en el desarrollo de vínculos de carácter fiscal y financiero con el Estado Nacional y los estados provinciales, en forma conjunta con el Ministerio de Gobierno.

Fernández Semhan explicó que “a la normativa vigente en la Ciudad de Buenos Aires, es decir la Ley N° 2095 -de compras y contrataciones de bienes y servicios que debe observar el sector público desde el año 2006- y al Régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional N° 13.064 se suma éste nuevo régimen que intenta solucionar dificultades de restricción presupuestaria ya que propone la inversión inicial a cargo del privado y no del Estado como en los dos primeros casos”.

“Además, se establecen condiciones y criterios mínimos inherentes a la transparencia y un régimen de precio fijo que facilitará la previsibilidad y por tanto una baja en los costos para el Estado”, afirmó el funcionario.

Acotó que “adherimos al régimen nacional como lo hicieron las provincias de La Pampa, Santa Cruz, Mendoza, Buenos Aires, Tierra del Fuego, Neuquén, entre otras y se encuentra en trámite parlamentario en La Rioja, Santa Fe y Córdoba. Si lo hacen todos los distritos no habrá diferencias en los marcos legales. La ciudad tiene legislación que nunca se pudo poner en práctica”.

El subsecretario presentó las distinciones entre el régimen de obra pública tradicional “en el que el Estado paga a medida que se construye y ejecuta el mantenimiento según disponibilidad del Tesoro” y el régimen PPP en el que “el Estado no haría inversión, todo quedaría a cargo del privado quien se responsabiliza de ejecutar la obra, una vez terminada se encargará de su mantenimiento y al final del contrato pasaría al Estado”.

Más adelante, destacó que “el precio único imprime mayor previsibilidad y se preve el pago de un canon”. Remarcó que “el Estado no cede responsabilidad y creará un ente societario de propuestas específicas responsable de la ejecución del contrato”. También explicó que “mediante un fideicomiso se buscará financiamiento, lo encontrará, hará la contratación y se encargará de los pagos por desempeño. No habrá flujo del Estado al ente que podrá estar integrado por bancos, fondos de inversión nacionales y extranjeros e incluso empresas del Estado, salvo incompatibilidad, seguramente el Banco Ciudad será fiduciario”.

Abel Fernández Semhan apuntó que “se requerirá garantía y el prepago lo efectuará el usuario privado, el Estado pagará al ente por obra terminada”. Afirmó que “el ente se puede endeudar, hacer pagos, dar garantías; es una persona jurídica distinta y a esto apuntan las modificaciones que proponemos por no quedar claras en la ley nacional”.

Finalmente, advirtió que “se preve comunicar a la Legislatura los pedidos de autorización de endeudamiento así como antes de toda intervención de crédito público” y además, se garantiza la intervención de la Auditoría General porteña.

“Necesitamos esta herramienta que permitirá ahorros y facilitará avanzar en cuestiones interjurisdiccionales como las tierras ferroviarias, la disposición de residuos y obras hidráulicas”, concluyó.

En tanto, el director general de Relaciones Contractuales, Daniel Leffler, dependiente de la Procuración General Adjunta de Asuntos Patrimoniales y Fiscales, manifestó que se está haciendo el seguimiento del asunto. Expresó su satisfacción con el proyecto dado que “se trata de un régimen autónomo y autosuficiente que sortea un atraso de 20 años y deberá respetar principios constitucionales, tales como los vinculados al ambiente y los organismos de control”.

Por su parte, el Director general de Proyectos de articulación público-privada de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de Modernización, Ezequiel Rebruj, mencionó que “este régimen producirá un cambio de paradigma, se abre a la competencia interna y externa con el fin de producir un mejor producto terminado para el Estado”.

Las exposiciones terminaron con el Jefe de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Urbano y transporte, Andrés Valenzuela, quien refirió a las ventajas adicionales para el Estado: absorver más cantidad de proyectos e incorporar la aplicación de nuevas tecnologías.

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