El TSJ podría declarar inconstitucional el impuesto al sello

El TSJ podría declarar inconstitucional el impuesto al sello

El Tribunal Superior de Justicia declaró formalmente
admisible una acción de inconstitucionalidad vinculada con
la nueva regulación del Impuesto de los Sellos en la Ciudad
de Buenos Aires y convocará a una audiencia para debatir la restricción de facultades tributarias locales fundadas en la invocación de los pactos fiscales.


El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró, por mayoría, formalmente admisible el proceso de control de constitucionalidad abstracto (art. 113, inc. 1 de la CCBA) instado por el letrado Rodolfo Spisso.

Así lo dispusieron los jueces Luis Lozano, Ana María Conde, José Osvaldo Casás y Jorge Franza, este último convocado para integrar el Tribunal en esta oportunidad. En su disidencia la jueza Alicia Ruiz propició el rechazo in limine de la demanda por defectos de fundamentación.

La norma se cuestiona por cuanto establece el procedimiento mediante el cual la Dirección General de Rentas (DGR) fija el valor inmobiliario de referencia (el VIR) de los inmuebles que constituye la base imponible del impuesto de Sellos, ?sin el dictado de acto administrativo alguno e intervención previa del contribuyente?.

Para fundar su pretensión, el actor afirma que el procedimiento atacado configura una vía de hecho de la administración, en infracción a ?la Ley de Procedimientos Administrativos, y con ello el art. 31 de la Constitución nacional y el principio de seguridad jurídica?.

Además, sostiene que el accionar de la autoridad administrativa ?conculca gravemente el derecho de defensa del contribuyente?.

Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la acción declarativa de inconstitucionalidad instada por Valot S.A, resolvió convocar a una audiencia pública en la que se debatirá acerca de la validez constitucional de la reforma del Código Fiscal que modificó el régimen de exenciones aplicables a la industria a la luz del ?Pacto Federal II? (Pacto Federal Para el Empleo, la Producción y el Crecimiento.

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