DNU: la Justicia volvió a declarar inconstitucional el capítulo laboral

DNU: la Justicia volvió a declarar inconstitucional el capítulo laboral

La Cámara Nacional del Trabajo cuestionó la "necesidad" y la "urgencia" invocadas por el Gobierno.


La Cámara Nacional del Trabajo declaró nuevamente la inconstitucionalidad del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 que busca impulsar el Gobierno de Javier Milei al señalar que busca “desangrar el poder del sindicato y del activismo sindical”.

La resolución fue ante una acción de amparo presentada por la Asociación del Personal Aeronáutico, que había pedido “la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV – Trabajo-” del decreto. La Cámara Laboral ya había decretado la inconstitucionalidad de la reforma laboral por DNU ante una acción de amparo formulada por la CGT. Además, el fallo también cuestiona la existencia de razones de necesidad y urgencia para emitir el DNU.

Para los camaristas, Diana Cañal y Alejandro Perugini, el capítulo que en los hechos significaba una reforma laboral completa, “pretender socavar la legitimidad de que los sindicatos reclamen por los derechos individuales, en total olvido o desconocimiento, de que en la historia de la humanidad, fue la unión de los trabajadores la que hizo la fuerza”.

“Detrás de esta pretensión se escuda la de desangrar el poder del sindicato y del activismo sindical, y así vaciar de fuerza los reclamos por las condiciones de trabajo y la salud de los trabajadores, entre otros”, remarcaron.

“Este decreto puede provocar en la práctica, una vuelta de campana muy difícil de reconducir (y de lograrse, con muchos que no puedan recuperarse), llevándonos de regreso al periodo de mayor sumisión histórica, como si no hubiera habido una evolución”, advirtieron los camaristas.

En ese sentido, remarcó que “conculca los derechos que dice defender” y alertó que “no puede perderse de vista que, tratándose de una reforma que incluye una normativa tan amplia como es la ley de Contrato de Trabajo, leyes especiales y la ley de Asociaciones Profesionales, correspondía sin duda esperar poder seguir los trámites normales de la formación de las leyes en el Honorable Congreso de la Nación”.

Incluso la Corte Suprema rechazó el último martes dos planteos que cuestionaban la totalidad del DNU 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei. Si bien los ministros cortesanos no se refieron a si el decreto es válido o no, vía un tecnicismo blindaron cualquier tipo de cuestionamiento global contra el megadecreto.

El primer revés judicial contra la reforma laboral

La Cámara Laboral ya había decretado la inconstitucionalidad de la reforma laboral por DNU ante una acción de amparo formulada por la CGT. A principios de enero, tres semanas después de la asunción del Milei, la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo dictó una cautelar que frenó el capítulo del DNU dedicado al trabajo.

Los camaristas argumentaron que los trabajadores son un sector socialmente vulnerable —y que, por ende, debe ser protegido ante posibles arbitrariedades—. Además, señalaron que no veían la necesidad ni la urgencia planteada en el DNU. “No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal”, afirmaron.

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