El Código Electoral bajo la lupa del TSJ

El Código Electoral bajo la lupa del TSJ

La Corte porteña analiza la constitucionalidad de la normativa que regula las elecciones ante un cuestionamiento planteado por la prohibición de votar a las personas condenadas.


A las 15 horas de este miércoles tendrá lugar en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad la Audiencia Pública por la causa impulsada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) para que se declare la inconstitucionalidad de tres incisos del artículo 3 del Código electoral. El planteo judicial cuestiona la legalidad del impedimento de ejercer el derecho a voto por parte de los condenados.

Actualmente, el Código Electoral excluye del padrón “a los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad”, tampoco pueden votar los condenados “por faltas previstas en leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos” y los “sancionados por la infracción de deserción calificada”.

Si bien en el ámbito de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires el universo de personas condenadas a prisión es reducido, y tampoco suman un gran número personas con condenas por causas vinculadas al juego ilegal, una sentencia del TSJ declarando la inconstitucionalidad de los incisos e, f y g del artículo 3 del Código Electoral sentaría una jurisprudencia que podría servir de base para que en otras provincias e incluso en la justicia federal se habilite a los condenados a votar o para impulsar una nueva modificación al código (en la provincia de Buenos Aires existen dos antecedentes sobre admisión de voto a condenados, uno de un juez de Lomas de Zamora y otro de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata).

Según informaron desde la ADC, “la acción busca ampliar la base electoral y extender el ejercicio de los derechos políticos al grupo afectado”. “La exclusión para el ejercicio de los derechos políticos agrava las penas de quienes son juzgados y no tiene relación con los objetivos del derecho penal de una sociedad democrática”, sostuvo José Miguel Onaindia, presidente de la ADC.

“En Argentina, la evolución normativa y jurisprudencial tiende irreversiblemente hacia el reconocimiento cada vez más amplio de los derechos electorales y de la participación política, lo que refuerza el anacronismo de cualquier exclusión genérica del derecho al sufragio, tal como la que afecta a las personas condenadas a pena privativa de libertad. Su incorporación al padrón electoral es un paso necesario en la progresiva igualación y universalización del derecho a la participación política”, destacó en su presentación la ADC.

La Audiencia se llevará a cabo en la PB del Tribunal, en Cerrito 760, CABA.

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