El Estado Nacional y la Policía Federal Argentina deberán pagarle 10 millones de pesos más intereses a dos mujeres que, entre 2009 y 2011, cuando eran adolescentes y atravesaban una situación de extrema vulnerabilidad económica y social, fueron abusadas y explotadas sexualmente por un grupo de efectivos de esa fuerza. Para obtener este resarcimiento por la violencia de género y sexual que padecieron por parte de quienes ejercían la función pública, las víctimas contaron con la representación jurídica de la defensa pública oficial.
Por estos hechos aberrantes, que ahora dieron lugar a una compensación económica, en el año 2016 seis efectivos de la Policía Federal y un agente del Servicio Penitenciario Federal fueron condenados a penas de entre 7 y 16 años de prisión. En esa ocasión el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación (DGN) actuó como querellante a favor de las víctimas. Esas condenas fueron confirmadas en 2019 por Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
La condena indemnizatoria, que emitió el pasado 14 de octubre la titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N°1, Silvina Andrea Bracamonte, tuvo en cuenta los hechos expuestos en la demanda por la defensora pública oficial ante los Tribunales Federal de la Ciudad de Buenos Aires, Florencia Plazas, y los fundamentos aportados por ella.
Los altos montos ordenados en esta sentencia para efectuar el resarcimiento no registran antecedentes similares y se fijaron como reparación del daño moral y psicológico sufrido por las víctimas de esta red de abuso y promoción de corrupción de menores de 18 años, que fue organizada por funcionarios públicos. El resarcimiento también prevé los gastos futuros para el tratamiento psicológico de las que hoy son dos jóvenes adultas.
Por pedido de la defensoría interviniente y en función de la situación de vulnerabilidad y las características de los daños ocasionados a las víctimas, la suma indemnizatoria deberá pagarse en el plazo de veinte días desde que la sentencia quede firme.
Entre las medidas que solicitó la defensa pública y fueron incluidas en la sentencia, se encuentran el otorgamiento a las víctimas de una beca integral de estudios en instituciones públicas para que culminen tanto su educación secundaria, como luego la universitaria o terciaria, o bien cualquier otro curso de capacitación en un oficio. Esta medida, que apunta a reparar el daño al proyecto de vida de las dos mujeres, incluye la cobertura integral de sus gastos en transporte y material educativo.
También como forma de reparación, el fallo condenó al Estado a implementar y cumplir, en un plazo de ocho meses, programas de capacitación sobre violencia contra las mujeres y perspectiva de género destinados a miembros de la Policía Federal.
La jueza consideró al dictamen que los peritos oficiales psicólogo y psiquiatra hicieron sobre las víctimas como “absolutamente incompletos y desligados de la labor encomendada”. Además, esas pericias habían sido impugnados por la defensoría por no haber sido desarrollados con perspectiva de género. Por tal motivo, para dar por acreditado el daño psicológico de las víctimas, que fue uno de los aspectos que justificó el monto indemnizatorio, la sentencia compartió los argumentos esbozados por Liliana Rudman y Ezequiel Mercurio, consultores técnicos de la DGN, y por los peritos que habían intervenido durante el proceso penal. Entre otros argumentos, los consultores de la defensa sostuvieron que “el daño psíquico se detecta consolidado y es irreversible porque comprometió la identidad de las niñas”. Además, según la sentencia, esos profesionales en salud mental constataron la “eficacia patógena de la esclavitud sexual en detrimento de la construcción de la identidad de las víctimas, (…) lesionando especialmente el sentimiento que cada una de ellas tiene respecto de su propia valía.”
Los hechos
Entre 2009 y 2011, las víctimas, que atravesaban una situación económica y socioambiental precaria, fueron inducidas y persuadidas bajo amenazas por agentes de la Policía Federal Argentina a mantener relaciones sexuales con otros agentes de la fuerza y también con personas ajenas a ella. A partir de esa explotación, las adolescentes recibían dinero y parte de lo obtenido por el ilícito era repartido entre los uniformados. Según lo denunciado por las víctimas y que fue confirmado en la sentencia, los policías se valieron del cargo que ocupaban para amenazarlas y utilizaron todos los elementos a su alcance para cometer el delito, tales como armas de fuego, intercomunicadores y predios a los que únicamente ellos tenían acceso (departamentos, edificios, pensiones, dependencias varias, baños y boleterías de la estación de tren de la línea San Martín, en los cuales eran obligadas a mantener relaciones sexuales con distintos hombres), entre otros.