La pandemia del coronavirus provoca que el Gobierno tome medidas que hasta hace algunos meses atrás eran impensadas. Este lunes se conoció una de esas medidas.
A través de un decreto, el gobierno nacional oficializó la postergación hasta 2021 de los pagos de la deuda pública en dólares correspondientes a este año, como consecuencia de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus, con la publicación en el Boletín Oficial del decreto de necesidad y urgencia 346/2020.
El decreto dispuso el diferimiento de los pagos de intereses y amortizaciones de capital de la deuda instrumentada mediante títulos en dólares emitidos bajo ley de Argentina, hasta el 31 de diciembre de 2020.
El DNU destacó que la crisis sanitaria mundial generada por la pandemia del coronavirus alteró los plazos previstos oportunamente en el Cronograma de acciones para la gestión del Proceso de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa.
El DNU dispuso el diferimiento de los pagos de intereses y amortizaciones de capital de la deuda instrumentada mediante títulos en dólares emitidos bajo ley de Argentina, hasta el 31 de diciembre de 2020, o hasta la fecha anterior que Economía determine, considerando el grado de avance y ejecución del proceso de restauración de la sostenibilidad de la misma.
Sin embargo, la norma exceptuó del diferimiento a las Letras del Tesoro intransferibles denominadas en dólares en poder del Banco Central, y las Letras suscriptas en forma directa por el Fondo de Garantías de Sustentabilidad (FGS) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Tampoco se incluye en la postergación las Letes emitidas en virtud del Decreto N° 668/19, que obligó a todo el sector público a invertir en este instrumento; y las emitidas para cancelar deuda con Mendoza.
Del mismo modo, no se prorroga el pago de las Letes suscriptas en forma directa por China Machinery Engineering Argentina Sociedad Anónima (CMEA) a cargo de las obras de reconversión del ferrocarril Belgrano Cargas, ni tampoco el bono emitido para abonar una deuda con las empresas gasíferas, por el Plan Gas de 2013; ni las Letes en Garantía suscriptas por el Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (Foder).
El DNU, también, autorizó a Economía a efectuar las operaciones de administración de pasivos y canjes o reestructuraciones de los títulos cuyos pagos se difieren, con el fin de recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos.
Los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las Letes suscriptas por el FGS, y por todo el sector público, serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por las secretarías de Finanzas y de Hacienda.