El Gobierno de Alberto prorrogó por cuatro semanas el DNU de las restricciones

El Gobierno de Alberto prorrogó por cuatro semanas el DNU de las restricciones

El único cambio es que el Gobierno aumentó el cupo semanal para vuelos.


El Gobierno nacional prorrogó por otras cuatro semanas las restricciones sanitarias que estaban vigentes en el país. Seguirán rigiendo hasta, al menos, el próximo 6 de agosto.

La decisión se confirmó el viernes a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 455/2021, firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros nacionales.

De esa manera, el Gobierno de Alberto decidió prorrogar el DNU de las restricciones, que fue divulgado en el Boletín Oficia el 1 de mayo.  Dicha renovación entró en vigencia este sábado del sábado.

A través del Decreto 287, que ponía en práctica el uso del semáforo epidemiológico, se habían establecido una clasificación dividida en cuatro fases sanitarias: zonas de bajo riesgo epidemiológico, de riesgo medio, de alto riesgo y de alarma.

De acuerdo con lo expuesto por la normativa, aquellas zonas que se encuentren en alarma epidemiológica deberán tener restringida la circulación nocturna, prohibir las reuniones sociales y suspender las clases presenciales.

Si bien las autoridades solamente extendieron las medidas que vienen aplicando desde el 26 de junio pasado, hubo algunos cambios que se hicieron efectivos desde este sábado, principalmente en lo que respecta a las condiciones para la entrada y salida de personas del país.

En este sentido, el Poder Ejecutivo aumentó el cupo semanal para vuelos de pasajeros a 5.200 plazas para la semana del 10 al 16 de julio; 6.300, para la semana del 17 al 23, y 7.000, para las semanas del 24 al 30 y del 31 al 6 de agosto. Además, se permitirá la llegada de hasta 2 buques semanales, con aforo de hasta el 50 por ciento.

En lo que respecta al resto de las limitaciones, continuará el “semáforo epidemiológico” mediante el cual los gobernadores están facultados a adoptar las decisiones pertinentes a la realidad sanitaria de cada jurisdicción. Este esquema divide a los distritos del país en zonas de bajo, mediano y alto riesgo y de alarma epidemiológica, según la evolución particular de la pandemia.

Las localidades que están en la categoría de bajo riesgo epidemiológico pueden tener una vida protocolizada; las de riesgo medio tienen medidas reguladas por los gobernadores según cada ciudad; mientras que en las de riesgo alto se mantienen suspendidas las actividades sociales en domicilios particulares, reuniones sociales de más de 10 personas al aire libre y deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

En tanto, en las ciudades que sigan en Alarma Epidemiológica se mantienen suspendidas las actividades sociales, deportivas, recreativas, culturales y religiosas en lugares cerrados y los deportes grupales en espacios abiertos. Los comercios y locales gastronómicos están cerrados entre las 19 y las 6. Las clases presenciales deben quedar suspendidas y la circulación se restringe entre las 20 y las 6.

 

 

 

 

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