Con el objetivo de que “el país tenga mayor conectividad” con “más frecuencias y nuevas empresas aéreas”, el Gobierno reglamentó el acceso a los mercados aerocomerciales. La decisión quedó plasmada en el Decreto 599/2024 publicado este miércoles 10 de julio en el Boletín Oficial.
Se trata de un paquete de medidas a favor de la política de cielos abiertos que forman parte de la reglamentación del DNU 70, anunciado por el gobierno de Javier Milei en diciembre de 2023.
Con estas medidas, el gobierno busca generar una apertura en el negocio de la aerolíneas para generar “un mayor flujo de turismo en las provincias argentinas, con tarifas más competitivas”. Además se apunta a promover inversiones “para fortalecer la seguridad operacional”.
En los considerandos del decreto se establece que la actividad aerocomercial en el país debe regirse “por los principios de libre acceso a los mercados, lealtad comercial, desregulación tarifaria, estricto resguardo de la seguridad operacional y la seguridad en la aviación, vigilancia operacional continua de los servicios autorizados, el principio de unicidad del estado, la libertad contractual, celeridad, comunicación directa, dinamismo, integralidad y eficacia”.
En síntesis, y en la letra de la comunicación oficial, el gobierno “pone en marcha un paquete de reformas que permitirán modernizar y desburocratizar el sector aéreo”.
Puntualmente, se habilita el ingreso de nuevos operadores y se transparenta el modo en el que se asignan las posiciones y horarios de vuelo a las aerolíneas.
“Es intención del Poder Ejecutivo nacional aumentar la conectividad aérea tanto dentro del país como también con terceros Estados”, sostiene el texto oficial de la normativa.
La iniciativa permite además digitalizar trámites, desregular los servicios de rampa en los aeropuertos y busca agilizar los procesos para el otorgamiento de rutas. Asimismo, busca fomentar la competencia y, en paralelo, reduce la capacidad aeroportuaria de Aerolíneas Argentinas, que tenía mayor cantidad de espacios y franjas horarias exclusivas.
También promueve la flexibilización de las operaciones para quienes tengan pequeñas aeronaves. Los habilita “a ejercer una industria lícita sin la burocracia actual que les exige los mismos requisitos de una gran línea aérea”.
De acuerdo al decreto, “la reforma del código aeronáutico reglamenta los acuerdos entre empresas en los que deciden cooperar para conectar sus operaciones, compartir horarios de vuelo, rutas, recursos, conexión de vuelos, entre otros puntos”, además de liberar “trabas innecesarias” e impulsar “la conectividad regional y global del país y las provincias”.
De esta manera las compañías podrán alcanzar acuerdos sin limitaciones, necesitando solo de la aprobación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). En esta misma línea, cada aerolínea podrá elegir la empresa que le brinda el servicio de operadores de rampas una tarea que, hasta el momento, es exclusiva de Intercargo.
En paralelo, se modificaron tres artículos del Código Aeronáutico. Según explicó el Gobierno, esta reforma se aplicará considerando los estándares internacionales sobre el comercio de bienes y servicios e intentando asemejar el régimen interno al de los demás países del MERCOSUR y otras organizaciones internacionales.