Finalmente y a pesar de los duros cuestionamientos politicos, de organizaciones de derechos humanos y de especialistas, las Taser. El Gobierno oficializó este martes el reglamento que indica en qué casos los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad podrán utilizar las “armas electrónicas no letales”, más conocidas como pistolas Taser.
A través de la resolución 395/2019 publicada en el Boletín Oficial, se específica que su uso se podrá llevar a cabo por funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales que hayan sido “especialmente instruidos”, sólo “cuando resulten ineficaces otros medios no violentos”; para “inmovilizar, proceder a la detención o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de auto lesionarse”; así como para “cuando deba ejercerse la legítima defensa propia o de terceras personas”; o bien para “impedir la comisión de un delito de acción pública”.
El uso de las Taser fue duramente cuestionado
A través del texto, firmado por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, se instruye también a las autoridades de la Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Naval y Gendarmería “a que procedan a la inmediata implementación de cursos de capacitación específica” para el uso de estas armas.
En enero, Patricia Bullrich había anunciado la compra de 300 pistolas Taser no letales, que según aseguró en ese momento “son para que las fuerzas estén mejor equipadas en aeropuertos y trenes, que son zonas de mucha circulación de gente”. Ese mismo mes, según se informó, también comenzaron tareas de capacitación dentro de las fuerzas de seguridad.