La Legislatura porteña aprobó una modificación a la ley que regula el procedimiento para la defensa de consumidores y usuarios, y estableció que el vendedor o prestador de servicios denunciado que no se presente a una audiencia de conciliación, será sancionado con multas que van hasta los 193 mil pesos.
La norma fue aprobada con 55 votos positivos durante la sesión ordinaria y plantea cambios al artículo séptimo de la ley 757, la cual tiene por objeto establecer el procedimiento administrativo para la efectiva implementación en el ámbito de la Ciudad de los derechos de los consumidores y usuarios, reconocidos en la Constitución local.
Esa ley determinó una instancia de conciliación posterior a la denuncia que pueda elevar un consumidor frente a posibles infracciones efectuadas por algún vendedor o prestador de servicios y dejó a discreción de la autoridad de aplicación la decisión de imponer o no multas ante la incomparecencia injustificada del denunciado.
Para los autores, que son los diputados socialistas Hernán Arce y Roy Cortina, la reforma “quita toda posibilidad de discrecionalidad por parte de la autoridad de aplicación y reduce las posibilidades de incomparecencia por parte de los denunciados, con los consecuentes efectos negativos que se derivan de esta conducta, el principal: la dilación del procedimiento”.