Desde agosto del año pasado, los legisladores de la Ciudad han suspendido el cobro del impuesto a las Ganancias. Esta medida surge a raíz de una resolución del juez Roberto Gallardo, del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital, después de la aprobación del paquete fiscal propuesto por el presidente Javier Milei.
En efecto, en agosto pasado, el juez Gallardo aceptó una medida cautelar presentada inicialmente por los tres gremios judiciales de la ciudad (Aejba, Sitraju y UEJN) y, posteriormente, por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), con el fin de que el Consejo de la Magistratura y el gobierno local se abstengan de realizar las retenciones pertinentes a sus empleados en relación con el impuesto.
Desde el Gobierno porteño explicaron que si bien esta resolución judicial los exime de efectuar las retenciones, los trabajadores alcanzados por el tributo deberían efectuar los pagos correspondientes.
Lo cierto es que entre los favorecidos por la decisión del juez Gallardo –quien es reconocido en el ámbito judicial por ser un magistrado que frecuentemente desafía a los oficialismos en la Ciudad– se encuentran los 60 legisladores porteños, tras la suspensión de las retenciones correspondientes por parte de la Legislatura.
De este modo, el salario mensual neto de los legisladores ha alcanzado los actuales $5.600.000. Si se aplicara la retención impositiva, se les descontaría alrededor de $1.400.000 de su sueldo, señalaron en la Legislatura, lo que resultaría en un ingreso cercano a los $4.200.000 netos por mes.
El magistrado aceptó la medida cautelar en una resolución firmada el 18 de agosto, aunque fue solo en diciembre que el organismo nacional de recaudación de impuestos, ARCA, presentó la apelación pertinente. Al aceptar la medida cautelar, el juez ordenó en varias resoluciones que tanto el Poder Judicial de la ciudad como la administración pública porteña, incluyendo sus diferentes organismos, como la Legislatura; la Defensoría del Pueblo; el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos; la Auditoría General y el Consejo Económico y Social, se abstengan de realizar las retenciones correspondientes al impuesto a las Ganancias.
En su resolución inicial, que dio lugar a la demanda presentada por los sindicatos judiciales, el juez Gallardo subrayó que “la implementación de la ley 27.743 (promovida por el gobierno nacional y que reinstaura el impuesto a las ganancias) introduce cambios significativos en la remuneración y las condiciones de trabajo de los empleados judiciales, y parece carecer, a primera vista, de alineación con principios constitucionales fundamentales”.
División de poderes
“Estos cambios no son solo cuestiones fiscales; afectan la esencia de la independencia del poder judicial y la división de poderes, fundamentos esenciales de cualquier sistema democrático funcional, lo que sugiere una clara inconstitucionalidad de la norma en cuestión en su artículo 81”, afirmó el magistrado, quien posteriormente instruyó al Consejo de la Magistratura de la Capital y al Tribunal Superior de Justicia para que se abstengan de modificar la retención del impuesto a las ganancias sobre los trabajadores judiciales.
En otra resolución, el magistrado acogió una demanda presentada por ATE. En esta ocasión, reiteró los mismos argumentos de la anterior y advirtió a las autoridades nacionales que “cualquier reforma legislativa que impacte en el colectivo de trabajadores y trabajadoras del Estado debe ser analizada de manera exhaustiva y reflexiva, considerando sus posibles repercusiones constitucionales y legales”.