Extienden la prohibición de despidos y la doble indemnización

Extienden la prohibición de despidos y la doble indemnización

La prohibición de despedir empleados rige por 90 días más, la doble indemnización todo el año.


Las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente, por el plazo0 de 90 días más. De esta manera, el Gobierno nacional decidió prorrogar por 90 días la vigencia de la normativa que prohíbe los despidos y extender la obligatoriedad del pago de una doble indemnización para los casos de cesantía por todo el año 2021.

La medida fue resuelta por la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar el coronavirus”.

La medida estará contenida en un decreto que está a la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

Esta extensión de la medida condice con lo dispuesto desde el comienzo de la pandemia de coronavirus y ante la intención de algunas compañías de echar personal por la retracción de la actividad.

El primer decreto rigió desde el 1° de abril, luego se dispuso una prórroga desde el 1° de junio y hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre.

De acuerdo con el Decreto 891/2020, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición de despidos y suspensiones finalizaba el 29 de enero próximo, por lo que el Gobierno decidió prorrogar la medida durante la reunión de Gabinete Económico que se realizó hoy.

“La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente -más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos”, había expresado el Gobierno en esa última prórroga.

La prohibición de despidos fue ordenada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020, en la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por la pandemia.

 

 

 

 

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