Pierini presentó un proyecto de regulación a las Prepagas

Pierini presentó un proyecto de regulación a las Prepagas

La presentación de la defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini, surgió de los reclamos de los ciudadanos sobre el sistema de prestaciones de salud. Uno de los artículos plantea regular el recargo en las cuotas que se aplica a los afiliados que sufren enfermedades preexistentes a la firma del contrato


La Defensora del Pueblo de la Ciudad presentó ante el Poder Ejecutivo un proyecto para regular el sistema de prestaciones que realizan las empresas de salud privada. Alicia Pierini envió el proyecto para la consideración del ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, y de la subsecretaria de Defensa del Consumidor de la Nación, Patricia Vaca Narvaja.

La iniciativa de Pierini surge a partir del lugar destacado que ocupan los reclamos sobre prestaciones de salud en el conjunto de quejas que presentan los habitantes de la Ciudad en la Defensoría, y que amerita dotar de una normativa pormenorizada a las prestaciones bajo las cuales deben operar las empresas de medicina prepaga.

Para la defensora porteña: "A lo largo de estos años se han podido detectar una serie de anomalías y de zonas imprecisas en el tema de las prestaciones privadas de salud, que carecen de un marco normativo que respete ya no solo la condición de usuarios o consumidores que los afiliados poseen sino el bien principal a preservar que es la salud".

Uno de los artículos del proyecto plantea regular el recargo que corresponde aplicar a las cuotas que deben abonar los afiliados que sufren enfermedades preexistentes a la firma del contrato con las prestadoras.

Asimismo propone el control sobre la publicidad que realizan las prestadoras, a fin de evitar la divulgación de información errónea, distorsionada o inadecuada sobre los servicios que prestan.

También el proyecto prohíbe las siguientes cláusulas abusivas: autorizar a una prestadora a modificar unilateralmente sus obligaciones contractuales; interpretar que el silencio del afiliado significa, frente a la propuesta de una prestadora, la aceptación tácita de condiciones o modificaciones contractuales; fijar una edad límite para ser admitido o dado de baja como afiliado; establecer el aumento del precio de las cuotas que abone el afiliado en función de la progresión de su edad, entre otras.

Pierini consideró que "el conjunto de las problemáticas que se regulan en este proyecto de ley obedecen a los padecimientos que deben enfrentar los afiliados de empresas de medicina prepaga que llegan a la Defensoría solicitando ayuda en situaciones donde está en juego su salud".

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